STSJ Cantabria , 7 de Abril de 2003

PonenteRUBEN LOPEZ-TAMES IGLESIAS
ECLIES:TSJCANT:2003:748
Número de Recurso1136/2002
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 7 de Abril de 2003
EmisorSala de lo Social

Sentencia Núm. 501/03 Rec. Núm. 1.136/02 Sec. Sra. Colvée Benlloch.

PRESIDENTE Iltmo. Sr. D. Francisco Martínez Cimiano MAGISTRADOS Ilma. Sra. Dª. Mercedes Sancha Saiz Iltmo. Sr. D. Rubén López Tamés Iglesias EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria compuesta por los Iltmos. Sres citados al margen ha dictado la siguiente SENTENCIA En Santander a siete de abril de dos mil tres.

En los recursos de suplicación interpuestos por el Instituto Nacional de la Seguridad Social y otro y por Dª. Amparo contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Núm. Uno de Santander, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. D. Rubén López Tamés Iglesias, quién expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Dª. Amparo siendo demandados el Instituto Nacional de la Seguridad Social y otro sobre seguridad social y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 8 de Julio de 2002 en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Que como hechos probados se declararon los siguientes:

  1. - La actora Dª Amparo , está encuadrada en el Régimen General de la SS. en razón de su trabajo como ayudante de camarera, percibiendo prestación por desempleo desde el 1-6-2.001.

  2. - Tramitado expediente de invalidez tras el oportuno dictamen propuesta del EVI de 5-2- 02, se dictó resolución de la Dirección Provincial del INSS de 27-2-02, denegando su calificación como inválida permanente. Interpuesta reclamación previa ha sido desestimada por resolución de 24-4-2.002.

  3. - La base reguladora de la IPA es de 636,15 .

  4. - La actora presenta el siguiente cuadro clínico: "Paciente en seguimiento en esta Unidad de Salud Mental desde septiembre de 2.000, previamente en el País Vasco fue diagnosticada y tratada, por psicólogos esquizofrénica. Evolución: La sintomatología de la paciente consiste en ideación autorreferencial y de perjuicio con alteraciones en la sensopercepción del tipo de despersonalización, desrealización o pseudoalucinaciones auditivas en 3ª persona y comentan sus actos..., delirio de influencia de lo patológico de la fenomenología y sin gran implicación afectiva, aunque ésta se muestra incongruente y con escasa modulación. Atiende adecuadamente a sus labores y a su hija y cumple correctamente el tratamiento y las consultas. Juicio diagnóstico: Psicosis esquizofrénica (F 20)".

  5. - Se ha agotado la vía previa y se tiene por reproducido el expediente administrativo.

TERCERO

Que contra dicha sentencia anunciaron recursos de suplicación las partes, siendo impugnados por la parte contraria, pasándose los autos al Ponente para su examen y resolución por la Sala.

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