STSJ Castilla y León , 26 de Diciembre de 2003
Ponente | MARIA TERESA MONASTERIO PEREZ |
ECLI | ES:TSJCL:2003:6062 |
Número de Recurso | 1148/2003 |
Procedimiento | SOCIAL |
Fecha de Resolución | 26 de Diciembre de 2003 |
Emisor | Sala de lo Social |
SENTENCIA En la ciudad de Burgos, a veintiséis de Diciembre de dos mil tres.
En el recurso de Suplicación número 1148/2003 interpuesto por DON Carlos , frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número uno de Burgos, en autos número 1104/2002 seguidos a instancia del recurrente, contra, el INSTITUTO NACIONAL DE LA SALUD, INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, en reclamación sobre Invalidez. Ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. Dª Maria Teresa Monasterio Pérez, que expresa el parecer de la Sala.
En el Juzgado de lo Social de referencia, tuvo entrada demanda suscrita por la parte actora en la que solicita se dicte sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el oportuno juicio oral, se dictó sentencia con fecha dieciséis de Octubre de dos mil tres, cuya parte dispositiva dice: Que debo desestimar y desestimo la pretensión de DON Carlos , absolviendo de la misma al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL e INSTITUTO NACIONAL DE LA SALUD, y debiendo estar y pasar las partes por tal declaración.
En dicha sentencia, y como hechos probados, se declaraban los siguientes: 1º.- D. Carlos , nacido el 14.4.50 y afiliado al Régimen General de la Seguridad Social bajo el número NUM000 , presenta demanda de Incapacidad Permanente, Parcial por accidente de trabajo, contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y LA TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL e INSTITUTO NACIONAL DE LA SALUD. 2º.- Que el actor tiene como profesión u oficio la de Administrativo, y siendo sus tareas las propias de tal categoría profesional. 3º.- Que el INSS por resolución de fecha 21.5.02, reconoció al actor baremo por sus secuelas. 4º.- Que contra dicha resolución, el actor presentó reclamación previa el día 28.6.02, siendo desestimada por la entidad gestora con fecha 17.7.02. 5º.- Que la EVI emitió su dictamen con fecha 5.4.02. 6º.- Que la base reguladora a efectos de incapacidad permanente es de 1804,48 euros mas. 7º.- Que el cuadro clínico residual que padece el actor está constituido por:
algodistrofia simpático-reflejo y condromalacia rotuliana en rodilla derecha secundaria a meniscectomia por artroscopia con gran limitación de movilidad dolor y atrofia muscular con las secuelas de que dichas lesiones...
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