STSJ Castilla y León , 11 de Septiembre de 2003

PonenteMARIA ANTONIA LALLANA DUPLA
ECLIES:TSJCL:2003:3735
Número de Recurso3406/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución11 de Septiembre de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso núm. 3406/97 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEON SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SEDE EN VALLADOLID SENTENCIA N° 950 ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS:

DOÑA MARÍA ANTONIA LALLANA DUPLÁ

DON JAVIER ORAÁ GONZÁLEZ D. RAMÓN SASTRE LEGIDO En Valladolid, a once de septiembre de 2003.

Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el presente recurso en el que se impugna:

La resolución del Alcalde del León de 1 de agosto de 1997 recaída en el expediente núm. 033113-97 que impuso a la recurrente la sanción de multa de 50.000 ptas por la comisión de una infracción del art. 72.3.2 de la Ley de Seguridad Vial .

Son partes en dicho recurso:

Como recurrente: Don Pedro Francisco , como partícipe de la Comunidad de Bienes "

DIRECCION000 CB.", representado y defendido por el Letrado D. Santiago Ignacio Vegas Nieto.

Como demandado: El Ayuntamiento de León que no ha comparecido no obstante estar emplazado en forma.

Ha sido Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dña. MARÍA ANTONIA LALLANA DUPLÁ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto y admitido a trámite el presente recurso y recibido el expediente administrativo, y publicado edicto en el BOP. de León, la parte recurrente dedujo demanda en la que, con base en los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, solicitó de este Tribunal el dictado de una Sentencia por la que estimando el recurso contencioso administrativo dicte sentencia por la que 1- declare nulo, anule o revoque y deje sin efecto el acto objeto del recurso. 2- condene a la Administración al pago de las costas.

SEGUNDO

Por auto de esta Sala de 3 de julio de dos mil dos , se tuvo por decaído en su derecho a contestar a la demanda al Ayuntamiento demandado.

TERCERO

Recibido el pleito a prueba se desarrolló con el resultado que obra en autos.

CUARTO

Por providencia de veinticuatro de junio de 2003, se declararon conclusos los autos. Por providencia del día dos de septiembre de 2003 se señaló para votación y fallo el día nueve de los corrientes.

QUINTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales, salvo los plazos en ella fijados por causa del volumen de pendencia y trabajo que soporta la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en este recurso contencioso administrativo por la representación procesal de la parte actora la resolución del Alcalde del León de 1 de agosto de 1997 recaída en el expediente núm.

033113-97 que impuso a la recurrente la sanción de multa de 50.000 ptas por la comisión de una infracción del art. 72.3.2 de la Ley de Seguridad Vial , solicitándose en la demanda que se anule y se deje sin efecto la resolución impugnada.

SEGUNDO

El principio de presunción de inocencia, que recoge como derecho fundamental el art. 24.2 de la Constitución , y que también se aplica en el Derecho Administrativo sancionador, como ha señalado el Tribunal Constitucional en la sentencia 76/1990, de 26 de abril , entre otras, comporta - como se refleja en esa sentencia - que " la sanción este basada en actos o medios probatorios de cargo o incriminadores de la conducta reprochada; que la carga de la prueba corresponda a...

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