STSJ País Vasco , 27 de Marzo de 2002

PonenteANA ISABEL RODRIGO LANDAZABAL
ECLIES:TSJPV:2002:1631
Número de Recurso1120/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución27 de Marzo de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAIS VASCO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 1120/00 ORDINARIO.LEY 98 SENTENCIA NUMERO 348/2002 ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

DOÑA ANA I. RODRIGO LANDAZABAL MAGISTRADOS:

DON JOSE F. MARTÍN CORREDERA DON JOSE A. ALBERDI LARIZGOITIA En la Villa de BILBAO, a veintisiete de Marzo de Dos mil dos. La Sección SEGUNDA de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, compuesta por el Presidente y Magistrados antes expresados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso registrado con el número 1120/00 y seguido por el procedimiento ORDINARIO, en el que se impugna: la desestimación presunta por silencio administrativo del recurso de reposición interpuesto frente a la condición 2ª del Acuerdo de 28.12.99 de la Diputación Foral de Guipuzcoa por el que se aprueba definitivamente la modificación de las NNSS de Zizurkil.

Son partes en dicho recurso:

Como recurrente AYUNTAMIENTO DE ZIZURKIL, representado por el Procurador SR.ARENAZA ARTABE y dirigido por la Letrada SRA. DEL VALLE.

Como administración demandada DIPUTACION FORAL DE GIPUZKOA, representada por la Procuradora SRA.URIZAR ARANCIBIA y dirigida por el Letrado SR.ELICEGUI MENDIZABAL.

Otros demandados GOBIERNO VASCO, representado y dirigido por LETRADO DE SUS SERVICIOS JURÍDICOS.

Ha sido Magistrado Ponente la Iltma. Sra. DOÑA ANA I. RODRIGO LANDAZABAL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El día 8 de junio de 2000 tuvo entrada en esta Sala escrito en el que el Procurador SR.ARENAZA ARTABE actuando en nombre y representación del AYUNTAMIENTO DE ZIZURKIL, interpuso recurso contencioso-administrativo contra la desestimación presunta por silencio administrativo del recurso de reposición interpuesto frente a la condición 2ª del Acuerdo de 28.12.99 de la Diputación Foral de Guipuzcoa por el que se aprueba definitivamente la modificación de las NNSS de Zizurkil; quedando registrado dicho recurso con el número 1120/00.

SEGUNDO

En el escrito de demanda, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se declare nulo de pleno derecho la condición segunda del Acuerdo del Consejo de diputados de la Excm.a Diputación Foral de Guipúzcoa de 28.12.99, por el que se aprobó definitivamente la "Modificación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Zizurkil, relativa al suelo no urbanizable".

TERCERO

En el escrito de contestación de la Administración, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ellos expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestime el presente recurso.

Por el Letrado del Gobierno Vasco se interesa el dictado de una sentencia por la que se desestime el recurso interpuesto, y se declare conforme a derecho la resolución administrativa impugnada.

CUARTO

Por Auto de fecha 8 de noviembre de 2001, se fijó la cuantía del presente recurso en indeterminada, asímismo, se recibió a prueba que se desarrolló con el resultado que obra en autos.

QUINTO

En los escritos de conclusiones, las partes reprodujeron las pretensiones que tenían solicitadas.

SEXTO

Por resolución de fecha 12/03/02 se señaló el pasado día 20/03/02 para la votación y fallo del presente recurso.

SEPTIMO

En la sustanciación del procedimiento se han observado los trámites y prescripciones legales

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

El Ayuntamiento de Zizurkil ha interpuesto recurso contencioso administrativo contra la desestimación presunta por silencio administrativo del recurso de reposición interpuesto frente a la condición 2ª del Acuerdo de 28.12.99 de la Diputación Foral de Guipuzcoa por el que se aprueba definitivamente la modificación de las NNSS de Zizurkil.

El Acuerdo de 28.12.99 (BOG 31.1.2000) aprueba definitivamente la "Modificación de las Normas Subsidiarias de Zizurkil relativa al suelo no urbanizable", estableciendo que la aprobación de otorga, entre otras, con la condición de "se incluye en el documento la reserva de suelo para la Nueva Red Ferroviaria en el Pais Vasco a su paso por el término municipal de Zizurkil, conforme a lo previsto en el plano nº 43 del Plan Territorial Sectorial, aprobado...

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