STSJ Comunidad Valenciana , 17 de Octubre de 2002
Ponente | ROSARIO VIDAL MAS |
ECLI | ES:TSJCV:2002:9985 |
Número de Recurso | 3235/1998 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 17 de Octubre de 2002 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
RECURSO NUMERO 3235/98 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SENTENCIA NUM. 1770/02 Ilustrísimos Señores Presidente Don JOSE MARIA ZARAGOZA ORTEGA Magistrados Don EDILBERTO NARBON LAINEZ Doña ROSARIO VIDAL MAS En la ciudad de Valencia, a 17 de octubre de 2002.
Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el recurso contencioso administrativo número 3235/98, interpuesto por el Letrado DON ALBERTO JOSE PELLICER PERIS, en nombre y representación de DON Germán , contra la resolución de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Valencia en expediente administrativo 46-07-9400008, habiendo sido parte en los autos la Administración demandada, Tesorería General de la Seguridad Social representada por su Letrado, siendo Ponente la Ilma. Sra. Dña. ROSARIO VIDAL MAS y a la vista de los siguientes
Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que suplica que se dicte sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.
El representante de la parte demandada, contesta a la demanda, mediante escrito en el que suplica se dicte sentencia por la que se confirme la resolución recurrida.
No habiéndose recibido el proceso a prueba, se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite de conclusiones prevenido por el artículo 78 de la Ley Reguladora de esta Jurisdicción y, verificado, quedaron los autos pendientes para votación y fallo.
Se señaló para votación y fallo el día 16.10.02.
En la tramitación del presente recurso se han observado todas las prescripciones legales.
FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA
Se interpone el presente recurso contencioso-administrativo contra las citadas resoluciones sobre la base de que se deniega la devolución de las cuotas ingresadas por la trabajadora Carina en el Régimen Especial de Empleadas de Hogar en el que estaba dada de alta, como consecuencia de haberse levantado contra el recurrente actas de liquidación e infracción por no tenerla dada de alta en el régimen general, que impugnadas fueron mantenidas en vía administrativa...
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