STSJ Comunidad Valenciana , 8 de Marzo de 2002

PonenteANTONIO MARQUEZ BOLUFER
ECLIES:TSJCV:2002:2859
Número de Recurso2625/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 8 de Marzo de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA En la ciudad de Valencia a 8 de marzo de 2002 .

La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. D. JOSE BELLMONT MORA, Presidente: D. EDILBERTO NARBON LAINEZ., D. ANTONIO MARQUEZ BOLUFER. Magistrados han pronunciado la siguiente SENTENCIA 469/2002 En el recurso contencioso Administrativo n° 2625/98 interpuesto por COOPERATIVA AGRICOLA SAN BERNARDO COOP V (en lo sucedido Cooperativa representada y defendida por el Abogado D. Francisco Pardo Mateu, contra la resolución de la Dirección provincial en Valencia de la Tesoreria general de la Seguridad Social, de fecha 17 - 7 - 98, desestimando el recurso ordinario formulado frente la reclamación de devolución de cuotas por Contingencias Comunes en las cotizaciones por Jornadas Reales o efectivamente trabajadas correspondientes al periodo de Marzo de 1989 a Diciembre de 1991 por un importe de 40.886.793 ptas.

Siendo parte demandada la Tesoreria General de la Seguridad Social representada y defendida por el Letrado de dicha Administración.

Y Magistrado Ponente el Ilmo. Sr D. ANTONIO MARQUEZ BOLUFER.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguido por los trámites legales, se emplazó al demandante para que formulase la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que solicitaba se declarase la nulidad de la resolución recurrida, y se le reconociese el derecho a la devolución postulada.

SEGUNDO

Por la parte demandada, se contestó a la demanda mediante escrito donde solicitaba se declarase la conformidad a derecho de los actos administrativos impugnados, v la inadmisibilidad del presente recurso por falta de agotamiento de la via administrativa, citando el articulo 82 - c) de la Ley de esta Jurisdicción del año 1956.

TERCERO

No habiéndose solicitado recibir los autos a prueba se emplazó a las partes al tramite de conclusiones previsto en el articulo 78 de la Ley de esta Jurisdicción cumplido el mismo, quedaron los autos pendientes de votación y Fallo señalándose a tal efecto el día 27 de Febrero de 2002.

CUARTO

En la tramitación de estos autos se han observado las prescripciones legales

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO) - La Cooperativa recurre la resolución de la Dirección provincial en Valencia de la Tesoreria General de la Seguridad Social que le denegaba la petición de devolución del importe por contingencias en las chotas ingresadas por Jornadas Reales en el Régimen Especial Agrario por el periodo de Marzo de 1989 a Diciembre de 1991. por un importe de 40.886.793. ptas.

Se funda la demandante en la supuesta falta de cobertura legal del articulo 2 del Real Decreto 1134 /

79, de 4 de Mayo al establecer que a partir de 1 de Mayo de 1979, los empresarios que ocupan trabajadores en labores agrarias vendrán obligados a cotizar el 2 % de la base de cotización correspondiente a dichos trabajadores por cada jornada que realicen .

Con esta disposición se iniciaba el sistema de cotización denominado de jornadas reales en la Seguridad Social Agraria.

SEGUNDO

Procede examinar en primer lugar, la causa de inadmisibilidad prevista en el articulo 82 - c) de la Ley de esta Jurisdicción de 1956, que opone la Tesorería en su escrito de contestación a la demanda por entender que cuando se acudió al Tribunal Económico Administrativo Regional de Valencia, y este dictó resolución declarándose incompetente, se debió agotar la vía administrativa recurriendo ante el Tribunal Económico Administrativo Central y no ante la resolución de la Tesorería que denegaba la devolución del importe de la contingencia referida.

Esta alegación merece ser rechazada al haberse agotado la vía administrativa como se demuestra al resolver la Dirección provincial de Valencia de la Tesoreria General de la Seguridad Social, en fecha 17 - 7- 98 entrando en el fondo del asunto al desestimar el recurso ordinario remitiendo a la parte demandante ante esta Jurisdicción contencioso...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • ATS, 4 de Marzo de 2004
    • España
    • 4 Marzo 2004
    ...de lo Contencioso-Administrativo (Sección Tercera) del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, dictada en el recurso nº 2625/98, sobre devolución de cuotas de la Seguridad Por providencia de esta Sala de 29 de septiembre de 2003 se puso de manifiesto a las partes para aleg......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR