STSJ País Vasco , 28 de Noviembre de 2003
Ponente | ENRIQUE TORRES Y LOPEZ DE LACALLE |
ECLI | ES:TSJPV:2003:4739 |
Número de Recurso | 881/2001 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 28 de Noviembre de 2003 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAIS VASCO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 881/01 DE ORDINARIO LEY 98 SENTENCIA NUMERO 711/03 ILMOS. SRES.
PRESIDENTE:
DON ENRIQUE TORRES Y LOPEZ DE LACALLE MAGISTRADOS:
DON LUIS JAVIER MURGOITIO ESTEFANIA DON JAVIER RODRIGUEZ MORAL En la Villa de BILBAO, a veintiocho de Noviembre de dos mil tres.
La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, compuesta por el Presidente y Magistrados antes expresados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso registrado con el número 881/01 y seguido por el procedimiento Ordinario Ley 98, en el que se impugna: RESOLUCION DE 26-1-01 DE LA DIRECCION GENERAL DE LA GUARDIA CIVIL DESESTIMATORIA DE LA SOLICITUD RELATIVA A CUANTIA DEL COMPLEMENTO ESPECIFICO IDENTICA A LA QUE PERCIBIA HASTA AGOSTO DE 1996 CON EFECTOS DE 1-1-97 INCREMENTANDOSE CONFORME A LOS DISTINTOS PORCENTAJES ESTABLECIDOS POR LAS LEYES DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO. EXPTE. 200101756.
Son partes en dicho recurso: como recurrente DON Carlos Miguel , quien compareció por si mismo.
Como demandada MINISTERIO DEL INTERIOR -DIRECCION GENERAL DE LA GUARDIA CIVIL-, representado y dirigido por el ABOGADO DEL ESTADO.
Siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. ENRIQUE TORRES Y LOPEZ DE LACALLE, Magistrado de esta Sala.
I.
El día 17-04-03 tuvo entrada en esta Sala escrito en el que D. Carlos Miguel , actuando en su propio nombre y representación, interpuso recurso contencioso- administrativo contra la RESOLUCION DE 26-1-01 DE LA DIRECCION GENERAL DE LA GUARDIA CIVIL DESESTIMATORIA DE
LA SOLICITUD RELATIVA A CUANTIA DEL COMPLEMENTO ESPECIFICO IDENTICA A LA QUE PERCIBIA HASTA AGOSTO DE 1996 CON EFECTOS DE 1-1- 97 INCREMENTANDOSE CONFORME A LOS DISTINTOS PORCENTAJES ESTABLECIDOS POR LAS LEYES DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO. EXPTE. 200101756; quedando registrado dicho recurso con el número 881/01.
La cuantía del presente recurso quedó fijada en 1.522.140 pesetas.
En el escrito de demanda se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados y que damos por reproducidos.
En el escrito de contestación , en base a los hechos y fundamentos de derecho en ellos expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestimen los pedimentos de la actora.
El procedimiento se recibió a prueba, practicándose con el resultado obrante en autos.
Por resolución de fecha 29-07-03 se señaló el pasado día 09-09-03 para la votación y fallo del presente recurso.
En la sustanciación del procedimiento se han observado los trámites y prescripciones legales, salvo el plazo para dictar sentencia, dado el peso que soporta esta Sala.
El demandante, en su condición profesional de miembro de la Guardia Civil recurre la resolución de la Dirección General del Instituto Armado de 26 de enero de 2001, por cuanto desestimó la petición de que se le reconociese el derecho a percibir por el complemento especifíco general idéntica cuantía a la devengada hasta agosto de 1996- antes de la aparición en escena del Real Decreto Ley 12/95,de 28 de diciembre, que fue desarrollado por lo que se refiere a la Guardia Civil, por el Real Decreto 1847/1996, de 26 de julio,-con el compelmento del abono de la...
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