STSJ Comunidad Valenciana , 9 de Diciembre de 2003

PonenteVICTOR JOSE BARRACHINA JUAN
ECLIES:TSJCV:2003:6808
Número de Recurso3904/2003
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 9 de Diciembre de 2003
EmisorSala de lo Social

Recurso nº 3904/2003 Recurso contra Sentencia núm. 3904/2003 Ilmo. Sr. D. José María Ordeig Fos Presidente Ilmo. Sr. D. Victor José Barrachina Juan Ilma. Sra. Dª. Gema Palomar Chalver En Valencia, a nueve de diciembre de dos mil tres.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 4524/2003 En el Recurso de Suplicación núm. 3904/2003, interpuesto contra la sentencia de fecha 2 octubre 2003, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 5 de Alicante, en los autos núm. 311/2003, seguidos sobre jubvilacion porcentage, a instancia de D. Humberto , representado por el letrado D. Salvador Perez. Marsa Hernandez, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, y en los que es recurrente el demandante, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo. Sr. D. Victor José Barrachina Juan.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 2 octubre 2003, dice en su parte dispositiva: "

FALLO

"Que desestimando como desestimo la demanda formulada por D. Humberto contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, debo absolver y absuelvo al Instituto demandado de las pretensiones deducidas de contrario.".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- Y asío se declara el hoy actor D. Humberto con D.N.I. NUM000 , nacido el dia 23-4-194º

solicito del Instituto Nacional de la Seguridad Social con fecha 10-3-03 pension de jubilacion, que le fue reconocida por resolucion de fecha 18-3-03, con una base reguladora de 864'38 un porcentaje del 88% y efectos economicos desde el 10-3-03. SEGUNDO.- Con fecha 1 de abril de 2003 el actor presento escrito en el Instituto Nacional de la Seguridad Social, solicitando que en el supuesto de que le correspondiese un incremento de porcentaje, por el trabajo prestado en RENFE se considerase como fecha del hecho causante el 23-4.-03 en que cumple 63 años. TERCERO.- Por resolucionn de fecha 17-4-03, el Instituto Nacional de la Seguridad Social ratifica la base reguladora de 864'38 y el porcentaje del 88% con fecha de efectos el 10-3-03. CUARTO.- Contra aquella resolucion interpone el actor reclamacion previa con fecha 6-5-03 que fue desestimada por resolucion de fecha 7-5-03, cuyo contenido damos integramente...

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