STSJ Comunidad Valenciana , 9 de Junio de 2003

PonenteMARIA DE LOS DESAMPARADOS PEREZ NAVARRO
ECLIES:TSJCV:2003:4901
Número de Recurso677/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 9 de Junio de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA En la Ciudad de Valencia, a nueve de junio de dos mil tres.

VISTO por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. D. EDILBERTO JOSÉ NARBÓN LAINEZ, Presidente, Dª DESAMPARADOS IRUELA JIMÉNEZ y Dª AMPARO PEREZ NAVARRO, Magistrados, han pronunciado la siguiente:

SENTENCIA NUM: 1015/03 En el recurso contencioso-administrativo n° 677/00, interpuesto por MAPFRE INDUSTRIAL, SAS., representada por el Procurador de los Tribunales Don Javier Roldán García, contra la resolución del Director General de Fomento de Empleo de la Consellería de Ocupación de la GV., de fecha 27.1.2000.

Habiendo sido parte en autos como Administración demandada la ADMINISTRACION DE LA GENERALIDAD VALENCIANA, representada y dirigida por Letrado de sus Servicios Jurídicos; siendo ponente la Iltma. Sra. Magistrada DOÑA AMPARO PEREZ NAVARRO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el presente recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a la parte actora para que formalizara demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia por la que se revoque la resolución impugnada y se conceda la subvención por contratación de discapacitado, por cumplir todos los requisitos para ello, en virtud de las acreditaciones efectuadas en el presente recurso; o subsidiariamente, se requiera para aportar en el plazo de cinco días la documentación que se considerará necesaria para la concesión de la subvención; con imposición de costas a la Administración.

SEGUNDO

La representación de la parte demandada no contestó a la demanda, pese a haber sido emplazada en tiempo y forma.

TERCERO

No habiéndose recibido el pleito a prueba, y no habiéndose solicitado por ninguna de las partes ni vista ni conclusiones, se declaró el pleito concluso, quedando pendiente de su señalamiento para votación y fallo.

CUARTO

Se señaló la votación para el día 28 de mayo de dos mil tres.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

El presente recurso contencioso-administrativo se han interpuesto contra la resolución de fecha 27.1.2000, dictada por el Director General de Fomento del Empleo de la Consellería de Ocupación de la Generalidad Valenciana, que resolvió archivar la solicitud de subvención solicitada por el interesado, por no haber aportado toda la documentación solicitada en el plazo establecido en la Orden de convocatoria.

SEGUNDO

La resolución impugnada, resuelve archivar la solicitud de subvención formulada por la entidad actora, al amparo de la Orden de 22.4.1999, de la Consellería de Ocupación, Industria y Comercio, por la que se establecen las bases por las que se regulan las ayudas y subvenciones a la contratación indefinida de trabajadores minusválidos, siendo el motivo del archivo, "que habiendo transcurrido el plazo de 10 días desde la notificación del requerimiento de subsanación para que aportara la documentación exigida en la Orden de convocatoria, no consta hasta la fecha actuación alguna por parte del interesado, o dicha actuación no ha sido completa".

A todo ello, opone en síntesis, la entidad actora, que la resolución impugnada no viene suficientemente fundamentada en derecho, ya que se limita a indicar que no se ha aportado en plazo la documentación exigida en virtud de requerimiento, siendo lo cierto que si que se aportaron en tiempo y forma todos los documentos exigidos.

TERCERO

Conforme a lo dispuesto en el artículo 3 de la...

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