STSJ Cataluña , 29 de Octubre de 2002

PonenteSEBASTIAN MORALO GALLEGO
ECLIES:TSJCAT:2002:12206
Número de Recurso4940/2002
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución29 de Octubre de 2002
EmisorSala de lo Social

Rollo núm. 4940/2002 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA DE CATALUNYA SALA SOCIAL j.a. ILMO. SR. D. JOSÉ DE QUINTANA PELLICER ILMO. SR. D. SEBASTIÁN MORALO GALLEGO ILMA. SRA. Dª. MªDEL PILAR RIVAS VALLEJO En Barcelona a 29 de octubre de 2002 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres.

citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A Nº 6907/2002 En el recurso de suplicación interpuesto por Luis Angel frente a la Sentencia del Juzgado Social 1 Terrassa de fecha veintinueve de abril de dos mil dos dictada en el procedimiento nº 69/2002 y siendo recurrido Íñigo . Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. SEBASTIÁN MORALO GALLEGO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 18 de enero de 2002 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Despido disciplinari, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha veintinueve de abril de dos mil dos que contenía el siguiente Fallo:

Desestimando la demanda presentada por Luis Angel contra Íñigo , declaro procedente el despido objeto de enjuiciamiento de fecha de efectos 4 de diciembre de 2001, convalidando la extinción del contrato de trabajo que con aquél se produjo, sin derecho a indemnización ni a salarios de tramitación. Absolviendo a la demandada de las pretensiones deducidas en su contra.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

"1.- El demandante ha venido prestando servicios por cuenta y dependencia de la empresa demandada, dedicada a clínica veterinaria, que gira en el tráfico con el nombre comercial de "Hospital Veterinari Abad Marcet" y tiene su sede en esta población de Terrassa, c/Marqués de Comillas 124, desde el día 17 de febrero de 1995, con la categoría profesional de Licenciado en Veterinaria, y salario mensual de 233.333 pts. (1.402,36 euros), incluida la prorrata de pagas extras.

  1. - La empresa demandada, en fecha 4 de diciembre de 2001, notificó por escrito al actor carta de despido, con efectos de esa misma fecha, en la que se le imputaban los hechos que en la misma constan y que se dan por reproducidos en aras a la brevedad, los cuales se consideran competencia desleal que vulnera la buena fe contractual 3.- Durante los primeros días del mes de noviembre de 2001, el actor y el también trabajador de la empresa y licenciado en veterinaria Domingo iniciaron gestiones para alquilar un local en el que instalar un negocio de Veterinaria, cuyas gestiones se ocultaron al titular de la empresa demandada. En concreto, el día 7 de noviembre el DIRECCION000 de la inmobiliaria COPCISA Lucas acudió a los locales de la empresa demandada donde se entrevistó con el Sr. Domingo , a quien dejó las llaves de un local de negocios sito en la C/ Navas de Tolosa 163 de Terrassa. Posteriormente, el sábado día 10 de noviembre acudieron ambos trabajadores al referido local, el cual abrió Domingo con las llaves que portaba, y estuvieron en su interior aproximadamente una hora. Al salir efectuaron comentarios acerca de la posibilidad de instalar un rótulo comercial y las características que el mismo debía tener. El lunes 12 de noviembre el actor y su esposa Lourdes estuvieron en el interior del mencionado local aproximadamente media hora, cerrándolo con las llaves que portaban. El día 21 de noviembre el investigador privado Gustavo se entrevistó con el citado Sr. Lucas , quien le informó que el local de Navas de Tolosa había sido alquilado por dos personas hacía unas dos semanas y que pensaban instalar un negocio de veterinaria.

    4- En fecha 19 de diciembre el actor y el citado Sr. Domingo otorgaron documento de constitución de Sociedad Civil Particular, en el que consta que su objeto será la explotación de un Centro o Clínica Veterinaria, que girará con el nombre de ARVIVET VETERINARIS S.C.P. y tendrá su domicilio en Terrassa, c/ Navas de Tolosa nº 161. En el propio documento se señala como fecha de inicio de actividades la de 1 de enero de 2001. En fecha 21.12.01 se presentó en el Administración de Terrassa de la Agencia Tributaria Declaración Censal de inicio de actividad y solicitud de NIF por la SCP, en cuyo documento figura asimismo el domicilio de la C/Navas de Tolosa. En fecha 27.12.01 se presentó el contrato de constitución de la SCP en la Oficina Liquidadora de Terrassa y en fecha 28-12-01 se presentó en el Ayuntamiento de Terrassa declaración de alta en actividad empresarial.

  2. - El día 9 de enero de 2002 se suscribió por Lucas , en representación de COPCISA INMOBILIARIA S.L. y Domingo y Luis Angel , en representación de ARVIVET VETERINARIS SCP, contrato de arrendamiento del local de negocios sito en Terrassa, c/Navas de Tolosa 163.

  3. - El Centro Veterinario de la SCP Arvivet Veterinaris se inauguró en el local ya reseñado el día 24 de febrero y ofrece servicios similares a los que se prestan en la clínica veterinaria de titularidad del demandado.

  4. - El demandante no ostenta, ni ha ostentado en el año anterior al despido, la condición de Delegado de Personal, miembro del Comité...

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