STSJ Extremadura , 2 de Enero de 2003

PonentePEDRO BRAVO GUTIERREZ
ECLIES:TSJEXT:2003:1
Número de Recurso601/2002
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 2 de Enero de 2003
EmisorSala de lo Social

TSJ EXTREMADURA SALA SOCIAL CACERES SENTENCIA: 00001/2003 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE EXTREMADURA SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 1 ()

N.I.G: 10037 4 0100646 /2002, MODELO: 46050 TIPO Y N° DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 601 /2002 Materia: OTROS DCHOS. SEG.SOCIAL Recurrente/s: Silvio Recurrido/s: ASEPEYO, INST.NAC.SEGURIDAD SOCIAL , TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD S, SISTEMAS DE COMUNICACION, EQUIPOS Y TENDIDOS DE FIBRA OPTICA SL. JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL n° 2 de BADAJOZ DEMANDA 694 /2002 Iltmo. Sr. D. Pedro Bravo Gutiérrez Presidente Iltma. Sr. Dª. Alicia Cano Murillo Iltmo. Sr. D. Alfredo García Tenorio Bejarano En la Ciudad de Cáceres a dos de enero de dos mil tres La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, compuesta por los Ilmos. Sres citados al margen, ha dictado EN NOMBRE DEL REY la siguiente:

SENTENCIA N° 1 En el Recurso de suplicación, interpuesto por el Letrado D. José María López Blanco., en representación de D. Silvio , contra la resolución dictada por el Juzgado de lo Social número 2 de los de Badajoz, de fecha 18 de octubre de 2.002, en autos seguidos a instancia de ASEPEYO, contra referido recurrente, SISTEMAS DE COMUNICACIÓN, EQUIPOS Y TENDIDOS DE FIBRA ÓPTICA SL., INSS. y TGSS., sobre Seguridad Social, ha actuado como Ponente el Iltm°. Sr. Magistrado- Presidente D. Pedro Bravo Gutiérrez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 23 de septiembre de 2.002, tuvo entrada en el Juzgado de lo Social de referencia demanda, en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio, se dictó sentencia en los términos que se expresan en el fallo de dicha resolución.

SEGUNDO

En dicha sentencia y como hechos probados se declaraban los siguientes: "PRIMERO:

La beneficiaria nació el 7 de Diciembre de 1.959, hallándose afiliado y en Alta en el Régimen General de la Seguridad Social.- SEGUNDO.- Su profesión habitual es la propia de Instalador, con categoría de Oficial de 3ª sufrió un accidente leve consistente en caída de escalera, a cuyas resultas sufrió fractura osteocondral de la cúpula astragalina en grado 11 del tobillo derecho, causando alta médica en fecha 20 de Abril de 2.001.- TERCERO.-En el proceso de curación sufrió dos reacaídas que dieron lugar a dos nuevos períodos de Incapacidad Temporal que se extendieron desde el día 30 de Julio de 2.002 al 25 de Septiembre de 2.001 y desde el 9 de Octubre de 2.001 hasta fecha que no costa.- TERCERO.- La referida Empresa atenía concertado el aseguramiento de los riegos profesiones con la Mutua demandante, hallándose al día en el levantamiento de las cargas derivadas de su contrato de asociación.- CUARTO.- Por resolución de la Dirección Provincial del INSS. de Badajoz de fecha 4 de...

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