STSJ Cataluña , 1 de Marzo de 2002

PonenteJOSE QUETCUTI MIGUEL
ECLIES:TSJCAT:2002:2840
Número de Recurso6160/2001
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 1 de Marzo de 2002
EmisorSala de lo Social

Rollo núm. 6160/2001 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA DE CATALUNYA SALA SOCIAL MIF ILMO. SR. D. JOSÉ QUETCUTI MIGUEL ILMO. SR. D. IGNACIO MARÍA PALOS PEñARROYA ILMO. SR. D. JOSÉ CÉSAR ALVAREZ MARTÍNEZ En Barcelona a 1 de marzo de 2002 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres.

citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A Nº 1712/2002 En el recurso de suplicación interpuesto por HIERRO INSTALADO Y SUMINISTRADO, S.A. e HISERLIM, S.L. frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social nº. 14 de los de Barcelona de fecha 28 de marzo de 2.001 dictada en el procedimiento nº. 378/2000 y siendo recurridos GAS NATURAL S.D.G., S.A., OBRASCON HUARTE LAIN, S.A., AGRUPACIÓN GUINOVART OBRAS Y SERVICIOS HISPANIA, S.A., Alexander , U.T.E. TRANSFANG y SERVICIOS OBRASCÓN, S.A.. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ QUETCUTI MIGUEL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 18 de abril de 2.000 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Reclamación cantidad, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 28 de marzo de 2.001 que contenía el siguiente Fallo:

Que estimando en la forma expuesta la demanda interpuesta por Don Alexander contra HISERLIM, S.L., HIERRO INSTALADO Y SUMINISTRADO, S.A. UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESAS TRANFANG, formada por AGRUPACIÓN GUINOVART OBRAS Y SERVICIOS HISPANIA, OBRASCON HUARTE LAIN, S.A., GAS NATURAL S.D.G., S.A., SERVICIOS OMICRON, S.A. condeno solidariamente a las codemandadas Hiserlim, S.L. y Hierro Instalado y Suministrado, S.A. al abono al actor de las cantidades reclamadas hasta el 31 de diciembre de 1.999, incluida la parte proporcional de verano 1.999, navidad 1.999 y vacaciones en la parte correspondiente al año 1.999, con el detalle que figura en el anexo de la demanda obrante a folio 6 y el resto de lo adeudado hasta 1.012.261,- pesetas a la entidad Hierro Instalado y Suministrado, S.A. y asimismo condeno solidariamente a la UTE y sociedades integrantes a que abonen al actor solidariamente la cantidad de 847.684,- pesetas, más los intereses legales del 10 por 100 anual en concepto de demora de las cantidades respectivamente adeudadas.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

PRIMERO

El actor ha venido prestando sus servicios en la localidad de Sant Adrià del Besós para la colocación de acero en un edificio titularidad de UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESAS TRANFANG, formada por AGRUPACIÓN GUINOVART OBRAS Y SERVICIOS HISPANIA, OBRASCÓN HUARTE LAIN, S.A., GAS NATURAL S.D.G., S.A. y SERVICIO OMICRON, S.A., la que había contratado primero a HISERLIM, S.L., y luego a HIERRO INSTALADO Y SUMINISTRADO, S.A., para realizar actividades de instalación de elementos metálicos, ostentando el demandante la antigüedad de 1 de febrero de 1.999, la categoría profesional de oficial 2ª y habiendo cesado el trabajador el día 2 de marzo de 2.000 (hechos primero y quinto de la demanda en lo no opuesto por las demandadas, alegaciones en contestación a la demanda).

SEGUNDO

El actor siempre ha realizado la misma actividad de colocación de hierros y estructuras, suscribió un primer contrato con Hiserlim, S.L., dedicada al comercio de hierro, en fecha 3 de febrero de 1.999 en el que se indicaba que el convenio colectivo aplicable era el siderometalúrgico (folio 199); en fecha 12 de marzo de 1.999, realizó otro contrato con la misma empresa en la que se indica como su categoría la de oficial 2ª para prestar servicios como ferrallista (folio 200) y en fecha 3 de enero de 2.000 suscribió otro contrato con Hierro Instalado y Suministrado, S.A., dedicada al montaje de hierros y aceros (folio 185), para realizar trabajos de oficial 2ª ferrallista en la colocación de acero en cimentación de la obra, figurando como convenio colectivo aplicable el de ferrallas (folio 201).

TERCERO

La empresa Hierro Instalado y Suministrado sucedió a la empresa Hiserlim, S.L., la primera aplicó al actor el convenio del metal y la segunda el convenio colectivo general de ferralla que entró en vigor el día 1 de agosto de 1.999 (artículo 1.3...

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