STSJ Castilla-La Mancha , 30 de Abril de 2003

PonenteCRISTINA BEVIA FEBRER
ECLIES:TSJCLM:2003:1602
Número de Recurso276/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución30 de Abril de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

AUTOS NUMERO 01/0000276/2000 TOLEDO SENTENCIA NUM TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA-LA MANCHA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Sección primera ILMOS SRES.

  1. José Borrego López Presidente Don Mariano Montero Martínez Doña Cristina Beviá Febrer Magistrados En la Ciudad de ALBACETE, a treinta de Abril de dos mil tres.

VISTOS por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, los autos número 01/0000276/2000 del Recurso Contencioso-Administrativo seguido a instancia de Don Romeo , representado por el Procurador Sr. Ruiz-Morote Aragón, y dirigido por el Letrado Sr. Pérez Muñoz, contra la Dirección General de la Guardia Civil, representada y dirigida por la Abogacía del Estado, sobre denegación de licencia de armas.

SIENDO PONENTE la Sra. Magistrada Doña Cristina Beviá Febrer.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la representación procesal de la actora se interpuso en fecha 22 de Septiembre de 1999 recurso contencioso-administrativo contra resolución de 22 de Julio de 1999, del General Jefe de la 2ª

Zona de la Guardia Civil, por la que se deniega cautelarmente la licencia de armas tipo D, solicitada por el recurrente. Formalizada demanda, tras exponer los hechos y fundamentos jurídicos que estimó aplicables, terminó solicitando sentencia, por la que, estimando el presente recurso, declare nula y no conforme a derecho la resolución recurrida y, por el contrario, estimar que D. Romeo cumple los requisitos para la obtención de la licencia de armas tipo D; con condena en costas.

SEGUNDO

Contestada la demanda por la Abogacía del Estado, tras relatar a su vez los hechos y fundamentos jurídicos que entendió aplicables, solicitó una sentencia desestimatoria del recurso.

TERCERO

Acordado el recibimiento del pleito a prueba, y practicadas las declaradas pertinentes, se reafirmaron las partes en sus escritos de demanda y contestación, por vía de conclusiones, y se señaló día y hora para votación y fallo, el 11 de Abril de 2003, en que tuvo lugar.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto del presente recurso la resolución de 22 de Julio de 1999, del General Jefe de la 2ª Zona de la Guardia Civil, por la que se deniega cautelarmente la licencia de armas tipo D, solicitada por el recurrente.

  1. La resolución impugnada ampara su denegación cautelar en dos preceptos:

    - en el 97.2 del R.D. 137/93, de 29 de enero, que dispone que los órganos encargados de la instrucción del procedimiento realizarán una información sobre la conducta y antecedentes del interesado, cuyo resultado elevarán a la autoridad competente para resolver, juntamente con la solicitud y documentación aportada. En el presente supuesto, el órgano instructor de la Guardia Civil informó desfavorablemente a la concesión de la licencia al constar, en los informes preceptivos, antecedentes de conducta desfavorable, al haber sido detenido varias ocasiones, -en 1990 por delito de tenencia ilícita de armas y en 1993 y 1994 por tráfico de estupefacientes-, siendo la última, junto a su esposa y también por este último delito, en el mes de noviembre de 1998, en las que se incautó un Kilogramo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STSJ Canarias 20/2010, 29 de Enero de 2010
    • España
    • 29 Enero 2010
    ...por la variación de la conducta y antecedentes del interesado y, según la STS de fecha14 de octubre de 1997 y STSJ de Castilla-La Mancha de fecha 30 de abril de 2003, no es necesario la existencia de antecedentes para denegar la autorización, si de los hechos en los que aparece involucrado ......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR