STSJ Cataluña , 16 de Enero de 2002

PonenteFRANCISCO JOSE SOSPEDRA NAVAS
ECLIES:TSJCAT:2002:403
Número de Recurso1123/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución16 de Enero de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION CUARTA Recurso n° 1123/2000 Partes: D. Victor Manuel C/ DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA, MINISTERIO DEL INTERIOR SENTENCIA N°36/2002 Ilmos. Sres.

PRESIDENTE Dª Mª LUISA PEREZ BORRAT MAGISTRADOS Dª CONCEPCION ALDAMA BAQUEDANO D. FRANCISCO JOSE SOSPEDRA NAVAS En la ciudad de Barcelona, a dieciséis de enero de dos mil dos. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCION CUARTA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo n°

1123/2000, interpuesto por D. Victor Manuel , que en su calidad de funcionario, asume su propia representación y defensa, contra DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA, MINISTERIO DEL INTERIOR, representado y asistido por el Abogado del Estado.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. FRANCISCO JOSE SOSPEDRA NAVAS, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D. Victor Manuel , actuando en nombre y representación de la parte actora, interpuso recurso contencioso administrativo contra la Resolución de la Dirección General de la Policía de fecha 24 de mayo de 2000, por la que se desestima la solicitud de devengo de la cantidad que pudiere corresponderle por el concepto de productividad por resultado y objetivos durante el primer trimestre del año 1999.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación; en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Por Auto de 28 de febrero de 2000, la Sala acordó el recibimiento del pleito a prueba, practicándose las pruebas propuestas y declaradas pertinentes con el resultado obrante en autos.

Finalmente, se señaló día y hora para votación y Fallo que ha tenido lugar el 16 de enero del año en curso.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna la denegación por la Dirección General de la Policía de la solicitud formuladas en su día por el actor en que le fuese abonada la cantidad correspondiente al primer trimestre de 1999, correspondiente al Plan de Policía 2000, por concepto de complemento de productividad, y ello en razón de los servicios prestados durante su período de prácticas, terminando la demanda con la suplica que es de ver en autos.

SEGUNDO

Tal como se ha reiterado en numerosas sentencias de esta Sala (vid por todas S. 15 de diciembre de 1999 de la Sección Primera de esta Sala), el complemento de productividad (en cuanto retribución complementaria de...

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