STSJ Cataluña , 11 de Diciembre de 2003

PonenteMARIA ANGELES VIVAS LARRUY
ECLIES:TSJCAT:2003:12767
Número de Recurso270/2002
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución11 de Diciembre de 2003
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA CATALUNYA SALA SOCIAL mm ILMO. SR. EMILIO DE COSSIO BLANCO ILMA. SRA. ÁNGELES VIVAS LARRUY ILMO. SR. ÁNGEL DE PRADA MENDOZA En Barcelona a 11 de diciembre de 2003 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as.

Sres/as. citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A núm. 7877/2003 En el recurso de suplicación interpuesto por Marta frente a la Sentencia del Juzgado Social 27 Barcelona de fecha 1 de octubre de 2002 dictada en el procedimiento Demandas nº 270/2002 y siendo recurrido/a INSS. Ha actuado como Ponente el/la Ilma. Sra. ÁNGELES VIVAS LARRUY.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 3 de abril de 2002 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Invalidez grado, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 1 de octubre de 2002 que contenía el siguiente Fallo:

Que desestimando la demanda de Marta frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, sobre invalidez permanente, debo absolver y absuelvo a dicho demandado de las peticiones en su contra deducidas.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

Primero.- La actora Marta , nacida el 2.7.71 y en situación de alta se encuentra afiliada al Régimen General de la Seguridad Social, como consecuencia de trabajos prestados como Auxiliar Administrativa.

Segundo.- En 12.4.00 inició proceso de Incapacidad Temporal, agotando el subsidio en 11.10.01, que se prorrogó hasta el 21.1.02.

Tercero.- Por resolución del INSS de fecha 21.1.02 resolvió no haber lugar a declarar al actor en grado alguno de invalidez. Teniendo el periodo de carencia necesario.

Cuarto.- Se agotó la vía administrativa ante el indicado organismo quien por resolución de fecha 11.3.02 confirmó el pronunciamiento inicial.

Quinto.- La base reguladora asciende para la invalidez permanente total y absoluta a 402,97 euros/mes.

Sexto.- Las enfermedades que padece el actor son: Cefálea tensional. Síndrome seco. Síndrome de fatiga crónica en tratamiento. Serología positiva a Citomegalovirus y virus de Ebstein-Barr.

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandante Sra. Marta , que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado no impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Contra la sentencia de instancia que desestima la demanda inicial en solicitud de que se declare a la actora en situación de invalidez permanente absoluta, y subsidiariamente total - solicitud efectuada en el acto del juicio- recurre ésta en suplicación al amparo del articulo 191 apartados b y c de la L.P.L., interesa en definitiva la revocación de la sentencia.

En cuanto a la modificación de los hechos declarados probados interesa que el sexto e la sentencia se redacte con el siguiente tenor:

Las enfermedades que padece la actora son : Cefalea tensional, síndrome seco, síndrome de fatiga crónica diagnosticado en abril de 2000, con síndrome vertiginoso asociado, siendo tratado este último con medicación, no existiendo tratamiento etiológico para la fatiga crónica, presentándola ya cronificada y con difícil diagnostico de futuro y con contraindicación a pequeños esfuerzos. Serología positiva a citamegalovirus y virus de Ebstein -Barr.

Ello con base en los documentos que obran en las actuaciones a los folios 25,27, 28 y 33, alega que el síndrome de fatiga crónico no esta en tratamiento porque no lo tiene, así que lo que se trata son algunos de los efectos como el vértigo, folios 49 a 107.

Entendemos que procede la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • SAP Barcelona 578/2006, 26 de Octubre de 2006
    • España
    • 26 Octubre 2006
    ...por el cese previsible de la pensión alimenticia. QUINTO Este Tribunal de apelación no desconoce la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 11 de Diciembre de 2003, la cual declaró la procedencia del incremento de una pensión compensatoria fijada en concurrencia con otra ......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR