STSJ Murcia , 15 de Julio de 2002
Ponente | JAIME GESTOSO BERTRAN |
ECLI | ES:TSJMU:2002:1942 |
Número de Recurso | 711/2002 |
Procedimiento | SOCIAL |
Fecha de Resolución | 15 de Julio de 2002 |
Emisor | Sala de lo Social |
1 TRIB.SUPERIOR JUSTICIA SALA SOCIAL MURCIA SENTENCIA: 00858/2002 ROLLO Nº: RSU 00711/2002 40129 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MURCIA En la ciudad de Murcia, a quince de Julio de dos mil dos. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. JAIME GESTOSO BERTRÁN, y los Iltmos. Sres. Magistrados, D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA y D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente:
SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por la empresa SEGURIBER, S.A., contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de Cartagena, de fecha 17 de abril de 2002, dictada en proceso número 173/2002, sobre extinción de contrato, y entablado por D. David frente a la empresa SEGURIBER, SA. Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JAIME GESTOSO BERTRÁN, quien expresa el criterio de la Sala.
La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente: "1º) El demandante ha venido prestando servicios para la empresa demandada en el centro de trabajo de Cartagena, con una antigüedad de 1-04-1996. El actor ostentaba la categoría profesional de vigilante de seguridad y percibía un salario diario de 32,05 euros, incluida la prorrata de pagas extraordinarias. 2º) El 17 de enero de 2002 la empresa demandada comunicó al actor su traslado al centro de trabajo de San Vicente de Raspeig. 3º) El 23-01-2002 el actor comunicó a la empresa su intención de rescindir su contrato de trabajo. 4º) La empresa demandada ha tramitado la baja voluntaria del trabajador con efectos de 22-01-2002. 5º) El demandante presentó papeleta de conciliación ante el S.M.A.C., que tuvo por intentada sin efecto"; y el fallo fue del tenor literal siguiente: "Que estimando la demanda interpuesta por D. David contra la empresa "SEGURIBER, S.A.", declaro extinguida, a esta fecha, la relación laboral que unía a las partes, y condeno a la empresa demandada a que abone al trabajador la cantidad de 3.846 euros en concepto de indemnización por la referida extinción".
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado don Antonio de la Fuente García, en representación de la parte demandada, con impugnación del Letrado don Manuel López Bernal, en representación del demandante.
FUNDAMENTO ÚNICO.- Con...
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