STSJ Cataluña , 15 de Octubre de 2003

PonenteALBERTO ANDRES PEREIRA
ECLIES:TSJCAT:2003:10119
Número de Recurso629/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución15 de Octubre de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN QUINTA Recurso nº 629/1999 SENTENCIA Nº 932/2003 Iltmos. Sres. Magistrados:

DON ALBERTO ANDRÉS PEREIRA DON ANTONIO MOYA GARRIDO DOÑA ANA RUBIRA MORENO En la Ciudad de Barcelona, a quince de octubre de dos mil tres.

LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN QUINTA) ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso contencioso-administrativo nº 629/1999, interpuesto por la ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO (Delegación del Gobierno en Cataluña), representada y dirigida por el Sr. ABOGADO DEL ESTADO, contra el AYUNTAMIENTO DE VALLS, representado por el Procurador D. ARTURO COT MONTSERRAT y dirigido por el Letrado D. CARLES PI-SUNYER ARGUIMBAU. Ha sido Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. ALBERTO ANDRÉS PEREIRA, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la representación de la parte actora, en escrito presentado en la Secretaría de esta Sala, se interpuso el presente recurso contra el acuerdo adoptado en fecha 29 de abril de 1998 por el Pleno del Ayuntamiento de Valls, en cuya virtud se aprobó el convenio colectivo del personal laboral de dicha Corporación para el período 1996-1999.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley Reguladora de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos, en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Continuado el proceso por los trámites que aparecen en autos, se señaló día y hora para la votación y fallo, diligencia que tuvo lugar en la fecha fijada.

CUARTO

En la sustanciación de este pleito se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Como cuestión previa, debe examinarse si concurre la causa de inadmisibilidad del recurso que invoca la representación del Ayuntamiento de Valls, en base a lo dispuesto en el artículo 69.e)

de la Ley Jurisdiccional, por haberse interpuesto el mismo de forma...

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