STSJ Cataluña , 14 de Mayo de 2003
Ponente | JOSE MANUEL BANDRES SANCHEZ-CRUZAT |
ECLI | ES:TSJCAT:2003:5916 |
Número de Recurso | 1028/1998 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 14 de Mayo de 2003 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA Recurso n° 1028/98 Partes: D. Raúl C/ Dirección General de Ordenación de las Migraciones SENTENCIA N° 688 Ilmos. Sres. Magistrados:
D. EMILIO BERLANGA RIBELLES D. JOSÉ MANUEL BANDRÉS SÁNCHEZ CRUZAT Dª NURIA CLERIES NERIN En la ciudad de Barcelona, a catorce de mayo de dos mil tres.
VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN SEGUNDA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo n°
1028/98, interpuesto por D. Raúl , representado y defendido por el Letrado D. Ignacio Cardona Alonso, contra la Dirección General de Ordenación de las Migraciones, representada y defendida por el Abogado del Estado.
Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ MANUEL BANDRÉS SÁNCHEZ CRUZAT, quien expresa el parecer de la SALA.
El Letrado citado, actuando en nombre y representación de la parte actora, interpuso recurso contencioso administrativo contra la resolución de la Directora General de Ordenación de las Migraciones del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 27 de febrero de 1998, desestimatoria del recurso ordinario interpuesto contra la Resolución del Director Provincial de Trabajo y Asuntos Sociales de Girona de 16 de septiembre de 1987 que denegó el permiso de trabajo solicitado.
Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.
Por Auto de 2 de febrero de 2000, se acordó el recibimiento a prueba de las presentes actuaciones, practicándose las propuestas y admitidas con el resultado que obra en autos. Se continuó el procedimiento por el trámite de conclusiones sucintas, que las partes evacuaron haciendo las alegaciones que estimaron de aplicación; y, finalmente, se señaló día y hora para votación y fallo, que ha tenido lugar el día 13 de mayo del año en curse.
En la substanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
El recurrente impugna, mediante la interposición del presente recurso contencioso-administrativo, la Resolución de la Directora General de Ordenación de las Migraciones del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 27 de febrero de 1998, que desestimó el recurso ordinario interpuesto contra la Resolución del Director Provincial de Trabajo y Asuntos Sociales de Girona de 16 de septiembre de 1987, que denegó el permiso de trabajo solicitado.
La defensa letrada de la parte actora solicita en el suplico del escrito procesal de demanda se proceda por esta Sala a revocar las resoluciones administrativas impugnadas y se acuerde la concesión de la revocación del permiso de trabajo y residencia solicitado por Raúl : pretensiones a las que se opone el Abogado del Estado.
Según se desprende del examen del expediente administrativo, la Resolución de la Directora Provincial de Trabajo y Asuntos Sociales de Girona de 16 de septiembre de 1997...
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