STSJ Cataluña , 15 de Abril de 2003

PonenteFRANCISCO LOPEZ VAZQUEZ
ECLIES:TSJCAT:2003:4849
Número de Recurso101/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución15 de Abril de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección Tercera Recurso n° 101 de 2.000 Partes: Generalitat de Catalunya contra el Ayuntamiento de Cervera SENTENCIA N° 343 Ilmos. Sres Presidente Manuel Quiroga Vázquez Magistrados Francisco López Vázquez Luis María Díaz Valcárcel En la ciudad de Barcelona, a quince de abril de dos mi tres.

La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, constituida al efecto para la votación y fallo, ha visto, en el nombre de SM. el Rey, el recurso contencioso administrativo seguido ante la misma con el número de referencia, promovido a instancia de la Generalitat de Catalunya, representada y defendida por su Letrado, contra el Ayuntamiento de Cervera, representado por la Procuradora de los Tribunales Sra. Albácar Arazuri y defendido por la Letrado Sra. Hernández i Sánchez, en relación con instrumentos de planeamiento, siendo su cuantía indeterminada, y, atendiendo a los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por la representación procesal de la parte actora se interpuso el presente recurso contencioso administrativo contra el acuerdo del Ayuntamiento de Cervera de 26 de noviembre de 1.999, aprobando definitivamente el Estudio de Detalle de la zona clave 2.2 de la manzana delimitada por las calles B, Pau Casals, D y Pompeu Fabra, sector Espinal, promovido por la empresa Promociones Gracos 2.000, SA, publicándose el pertinente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y, recibido el expediente administrativo, le fue entregado para que dedujese escrito de demanda, en el que, tras consignar los hechos y fundamentos jurídicos que estimó de aplicación, solicitó se dictase sentencia estimatoria de la pretensión articulada, anulando la resolución impugnada.

Segundo

Constante este proceso, el Pleno del Ayuntamiento demandado ha emitido un nuevo acuerdo de 28 de abril de 2.000 aprobando definitivamente un nuevo Estudio de Detalle rectificado del mismo sector, adecuándolo al planeamiento vigente, acuerdo del que se dio por enterada la Comissió d'Urbanisme de Lleida el 27 de septiembre de 2.000.- La votación y fallo ha tenido lugar el día 14 de abril de 2.003, siendo ponente el Iltmo. Sr. Francisco López Vázquez, quien expresa el parecer del Tribunal.

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