STSJ Cataluña , 18 de Marzo de 2003

PonenteFELIPE SOLER FERRER
ECLIES:TSJCAT:2003:3581
Número de Recurso3889/2002
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución18 de Marzo de 2003
EmisorSala de lo Social

Rollo núm. 3889/2002 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA DE CATALUNYA SALA SOCIAL MAC ILMO. SR. D. GREGORIO RUIZ RUIZ ILMO. SR. D. FELIPE SOLER FERRER ILMO. SR. D. ADOLFO MATIAS COLINO REY En Barcelona a 18 de marzo de 2003 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres.

citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A Nº 1866/2003 En el recurso de suplicación interpuesto por Luis Francisco frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social Nº20 Barcelona de fecha 21 de febrero de 2002 dictada en el procedimiento nº 717/2001 y siendo recurrido/a INSS. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. FELIPE SOLER FERRER.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 3-10-01 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Invalidez grado, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 21 de febrero de 2002 que contenía el siguiente Fallo:

Desestimando la demanda presentada por Luis Francisco contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social de invalidez permanente en grado de absoluta derivada de enfermedad común, debo de confirmar y confirmo la resolución dictada en vía administrativa en todos sus términos, absolviendo al INSS de los pedimentos deducidos en la demanda.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

  1. - D. Luis Francisco , nacido el 25-12-36, profesión habitual oficial textil, provisto de DNI nº NUM000 , afiliado al Régimen de la Seguridad Social por sus servicios prestados en industria textil.

    En situación asimilada a la de alta por desempleo subsidiado en el régimen general.

  2. - Solicitó la prestación el 2 de mayo de 2001. Es perceptor de la prestación por desempleo en la fecha de la solicitud.

  3. - Inició la vía administrativa ante la Dirección Provincial del INSS, el cual en fecha 11 de julio de 2001 declaró que no se encontraba afecto de invalidez permanente en grado alguno derivada de enfermedad común, al padecer las siguientes lesiones: distímia crónica.

    Agotando la vía administrativa mediante la interposición de la reclamación previa, que fue desestimada por resolución expresa de fecha 18 de septiembre de 2001.

  4. - El demandante posee el período de carencia exigido.

  5. - La base reguladora es la del 100% de 95.721 ptas, 575,29 euros mensuales, fecha de efectos 18 de junio de 2001.

  6. - El actor padece las siguientes lesiones: distímia crónica moderada.

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte actora, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado no lo impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia de instancia, que desestimó la demanda interpuesta en reclamación por incapacidad permanente absoluta, se alza en suplicación la parte actora, en cuyo primer motivo de recurso, de revisión fáctica, correctamente amparado en el artículo 191.b) de la Ley de Procedimiento Laboral, solicita la modificación del hecho probado sexto de dicha resolución,...

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