STSJ Comunidad de Madrid , 16 de Mayo de 2002

PonenteRAMON CUETO PEREZ
ECLIES:TSJM:2002:6507
Número de Recurso3069/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución16 de Mayo de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso n°.- 3069/97 Ponente Sr. Ramón Cueto Pérez.

Recurrente: Proc. D. Gumersindo Luis García Fernández.

Demandado: Abogado del Estado.

Secretaría: Dª Mª Teresa Barril Roche TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SENTENCIA NÚM.- 660 ILTMO. SR. PRESIDENTE D. Gustavo Lescure Ceñal ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS D. Ramón Cueto Pérez.

Dª Pilar Maldonado Muñoz.

En Madrid a 16 de Mayo de 2002.

Visto por la Sección del margen el recurso n° 3069/97 interpuesto por el Procurador D. Gumersindo Luis García Fernández, en nombre y representación de NEUTROGENA CORPORATION, SARL., contra resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 5 de febrero y 19 de agosto de 1997, por las que se concedió el registro a la marca n° 1.997.830, "NEUTROCOL", y en el que la Administración demandada ha estado representada y defendida por la Abogacía del Estado, siendo la cuantía del recurso indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La referida representación de la parte actora interpuso el presente recurso contra la resolución reseñada, y, seguido el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, cada parte interviniente despachó, en el momento oportuno y por el orden legal conferido, el trámite correspondiente de demanda y contestación, en cuyos escritos, y conforme a los hechos y razonamientos jurídicos que constan en ellos, suplicaron respectivamente lo que a su derecho convino en los términos que figuran en los mismos.

SEGUNDO

Continuando el proceso por los trámites que aparecen en los autos, siguió el de conclusiones sucintas, ratificándose cada parte en sus anteriores manifestaciones y pretensiones, y, finalmente, se señaló fecha para la votación y fallo, que tuvo lugar el día 14 de Mayo de 2002.

Siendo Ponente Ilmo. Sr. Magistrado Ramón Cueto Pérez.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugnan en el presente recurso jurisdiccional las resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 5 de febrero de 1997 y de 19 de agosto de 1997, desestimatoria esta última del recurso ordinario formulado contra la anterior por la aquí actora Neutrógena Corporation SARL., a través de las cuales se concedió la protección de la marca n° 1.997.830, "NEUTROCOL" e invoca la infracción de los arts. 12.1 y 13.c) de la Ley de Marcas, en atención a las acusadas semejanzas que las hacen incompatibles, fonéticas y conceptuales, con las marcas de su titularidad "Neutrógena" n° 403.951, 1563223 y 1.800.644, atendida la total coincidencia de las dos primeras sílabas entre las marcas:

"NEUTRO", a las que simplemente se añade "GENA" a la recurrida y "COL" en la recurrida, y, por otra parte, la identidad aplicativa de los signos enfrentados puesto que, además de que la marca recurrida ha sido concedida para distinguir productos de la misma clase 3 que los prioritarios, todos los productos especificados en la solicitud de "Neutrocol" constan registrados previamente en algunas de las marcas prioritarias, lo cual lleva a concretar la infracción del citado art. 13.c) por cuanto- consecuentemente el registro de la marca impugnada supone un aprovechamiento indebido de la reputación de "Neutrogena", de notorio conocimiento en el mercado español, como se demuestra en sendas sentencias judiciales de las que se extrae la conclusión de que el registro de la marca "Neutrocol" supone un aprovechamiento de los signos "Neutrogena",

SEGUNDO

El art. 12.1.a) de la Ley de Marcas, 32/1988, prohibe la admisión o acceso a registro como marca de todos aquellos signos o medios identificativos que, por identidad o semejanza fonética, gráfica o conceptual con una marca anteriormente solicitada o registrada para designar productos o servicios idénticos o...

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