STSJ Murcia , 28 de Abril de 2003

PonenteMANUEL ABADIA VICENTE
ECLIES:TSJMU:2003:961
Número de Recurso431/2003
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución28 de Abril de 2003
EmisorSala de lo Social

T.S.J. MURCIA SALA SOCIAL MURCIA SENTENCIA: 00560/2003 ROLLO Nº: RSU 00431/2003 46050 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MURCIA En la ciudad de Murcia, a veintiocho de abril de dos mil tres.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. FRANCISCO MARTÍNEZ MUÑOZ, y los Iltmos. Sres. Magistrados, D. JAIME GESTOSO BERTRÁN y D. MANUEL ABADÍA VICENTE, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente:

SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por D. Paulino , contra la sentencia número 0039/2003 del Juzgado de lo Social número 6 de Murcia, de fecha 29 de enero de 2003, dictada en proceso número 0804/2002, sobre invalidez, y entablado por D. Paulino frente a Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. MANUEL ABADÍA VICENTE, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "Primero.- El actor, D. Paulino , nacido el 12-11-54, con D.N.I. n° NUM000 , de profesión habitual panadero, afiliado a la Seguridad Social y encuadrado en el Régimen General, inició proceso de I.T. el 4 de septiembre de 2000. Segundo.- Iniciados los trámites para una eventual declaración de invalidez permanente, el E.V.I. emitió el preceptivo dictamen el 13-05-02, resolviendo la D.P. del I.N.S.S. de Murcia el 21-05-02, denegar la prestación solicitada por no alcanzar las lesiones que padece un grado de disminución suficiente para ser constitutivas de incapacidad permanente. Tercero.- Disconforme con la anterior resolución, el actor interpuso reclamación previa contra la misma que fue desestimada por otra de 14-08-02, posibilitándose la vía judicial. Cuarto.- El actor se halla afecto de los siguientes padecimientos: gonalgia crónica bilateral por gonartrosis bilateral avanzada que produce rozamiento femoro-patelar en ambas rodillas; artroscopia de rodilla izquierda en 1998 por rotura del ligamento cruzado anterior y meniscopatía interna y externa; limitación de la movilidad de ambas rodillas en los últimos grados de flexión; discreta inestabilidad anterior de rodilla izquierda; no signos de inflamación en la actualidad. Quinto.- El actor acredita haber cotizado el periodo mínimo exigido para la prestación que solicita. Sexto.- La base reguladora de la prestación asciende a 707,03 Euros mensuales, siendo este un hecho no controvertido por las partes"; y el fallo fue del tenor literal siguiente: "Que desestimando la demanda planteada por D. Paulino contra el INSS, debo absolver y absuelvo a la parte...

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