STSJ Comunidad de Madrid , 29 de Enero de 2002

PonenteRICARDO SANCHEZ SANCHEZ
ECLIES:TSJM:2002:1248
Número de Recurso68/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución29 de Enero de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

R°. 68/1999 SENTENCIA N°. 81 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN OCTAVA Presidenta Ilma Sra. Dª. Inés Huerta Garicano.

Magistrados Ilmos. Sres.

D. Miguel Ángel Vegas Valiente D. Ricardo Sánchez Sánchez En la Villa de Madrid a veintinueve de enero de dos mil dos. VISTOS, por la Sala, constituida por la Ilma Sra y los Ilmos Sres, Magistrados relacionados al margen, los autos del recurso contencioso administrativo núm. 68/1999, interpuesto por el Procurador D. Rafael Rodríguez Montaut (luego sustituido por la Procuradora Dª. Almudena González García), en nombre y representación de PHILIPS MORRIS PRODUCTS INS: contra la resolución de la OEPM, de 18 de septiembre de 1988, que desestimó el recurso ordinario planteado contra la resolución anterior, de la misma Oficina, de fecha 20 de enero de 1998, que había concedido la marca 2.050.912 (gráfica), para productos de la clase 9.

Ha sido parte en autos la Administración demandada, representada y defendida por el Abogado del Estado, así como ESTUDIOS DE FABRICACIÓN Y APOYO EMPRESARIAL S.A., representada por el Procurador D. Juan Luis Navas García.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizase la demanda, lo que verificó mediante escrito, en el que postuló una sentencia que anulase las resoluciones impugnadas.

SEGUNDO

El Abogado del Estado y la codemandada contestaron a la demanda suplicando se dictase sentencia desestimando el presente recurso.

TERCERO

No habiendo recibimiento a prueba, tras hacer sus conclusiones las partes, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento.

CUARTO

Para votación y Fallo del presente proceso se señaló la audiencia del día 22 de enero de 2002, teniendo así lugar.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.

VISTOS los preceptos legales citados por las partes, concordantes y demás de general y pertinente aplicación.

Siendo Ponente el Magistrado de la Sección Ilmo. Sr. D. Ricardo Sánchez Sánchez.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es de interés destacar los siguientes antecedentes:

1) ESTUDIOS DE FORMACIÓN Y APOYO EMPRESARIAL S.A., solicitó el 7 de octubre de 1996, la marca gráfica núm 2050912, para productos de la clase 9, "aparatos e instrumentos de enseñan, aparatos para el registro, transmisión, reproducción del sonido"...

La marca tenia el gráfico siguiente:

Ese gráfico ya lo tenía registrado la misma entidad para las marcas 1.909.874/75/756, en clases 16, 41 y 42.

2) Se opuso PHILIP MORRIS PRODUCTS INC., titular de las marcas gráficas, para productos de la clase 9, con los números y gráficos siguientes:

  1. 1007489 b) 1956202 SEGUNDO,- La Ley 32/88, de Marcas, en su art. 12.1.a) prohibe el registro de marcas que por su identidad o semejanza fonética, gráfica o conceptual con una marca anteriormente solicitada o registrada para designar productos o servicios idénticos o similares puedan Inducir a confusión en el mercado o generar un riesgo de asociación con la marca anterior".

    A tenor de una reiterada jurisprudencia del Tribunal Supremo son criterios esenciales de aplicación al supuesto de autos:

  2. Para determinar la compatibilidad entre los distintivos o denominaciones es que la semejanza fonética y gráfica se manifieste por la simple pronunciación, acentuación o imagen de los vocablos en pugna, tras un análisis meramente sintético, es decir, sin más que una sencilla visión, lectura o audición de conjunto que no se detenga en descomponer o aquilatar científicamente y hasta...

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