STSJ Comunidad de Madrid , 30 de Junio de 2003

PonenteFRANCISCA MARIA DE FLORES ROSAS CARRION
ECLIES:TSJM:2003:10169
Número de Recurso2088/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución30 de Junio de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.1 MADRID SENTENCIA: 00821/2003 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION PRIMERA RECURSO Nº 2088/01 SENTENCIA NÚM. 821 PRESIDENTE:

D. Alfredo Roldán Herrero MAGISTRADOS:

Dª. Clara Martínez de Careaga y García Dª. Francisca Rosas Carrión Dª. María Jesús Vegas Torres D. José Felix Martín Corredera D. Francisco Javier Sancho Cuesta En la Villa de Madrid, a 30 junio de dos mil tres.

Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso contencioso-administrativo número 2.088/01, interpuesto por la Procuradora Dª. Mª.

Angeles Almansa Sanz, en nombre y representación de D. Adolfo , contra la resolución dictada por la Dirección General de la Policía de fecha 18.2.01, desestimatoria del recurso de alzada interpuesto contra la resolución dictada por la Comisaría de Policía adscrita al Aeropuerto de Barajas, Servicio de Control de Entrada de Extranjeros, de fecha 28.5.01, por la que se procedió a denegarle la entrada en territorio español; siendo parte la DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICIA, representada por el Sr. Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido el recurso y previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó su demanda en la que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando sentencia estimatoria del recurso interpuesto y las declaraciones correspondientes en relación con la actuación administrativa impugnada.

SEGUNDO

Que asimismo se confirió traslado a la parte demandada para contestación a la demanda, en la que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinen-- tes, la parte terminó suplicando el mantenimiento de la actuación administrativa recurrida.

TERCERO

Recibido el pleito a prueba, se llevarón a cabo las pruebas propuestas por las partes declaradas pertinentes. No estimándose necesaria la celebración de vista pública, ni habiéndose sido solicitado por las partes la presentación de conclusiones, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento para votación y fallo, fijándose al efecto el día 24 de junio de 2003, fecha en que tuvo lugar.

Siendo PONENTE la Magistrada Ilma. Sra. Dª. Francisca Rosas Carrión.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en este proceso la resolución dictada en fecha de 18.2.2001 por la Jefatura del Puesto Fronterizo del Aeropuerto de Madrid - Barajas, mediante la que se denegó la entrada en territorio español a don Adolfo , nacional de Colombia, y se ordenó su retorno al lugar de procedencia, así como la dictada en fecha de 28.5.2001 por el Director General de la Policía, desestimatoria del recurso de alzada interpuesto contra la primera.

La actuación administrativa impugnada, con invocación del artículo 25 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social, modificada por Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre, tuvo por fundamento la falta de presentación de los documentos justificativos del objeto y de las condiciones de la estancia prevista así como de medios económicos, exigibles por la legislación vigente para autorizar la entrada en territorio nacional.

SEGUNDO

El punto 1 del artículo 25 de la Ley Orgánica citada dispone que el extranjero que pretenda entrar en España deberá hacerlo por los puestos habilitados al efecto, hallarse provisto del pasaporte o documento de viaje que acredite su identidad, que se considere válido para tal fin en virtud de convenios internacionales suscritos por España y no estar sujeto a prohibiciones expresas. Asimismo, deberá presentar los documentos que se determinen reglamentariamente que justifiquen el objeto y condiciones de estancia, y acreditar medios de vida suficientes para el tiempo que pretenda permanecer en España, o estar en condiciones de obtener legalmente dichos medios.

Recurriéndose en el proceso una actuación administrativa anterior al día primero de agosto del año 2001, en que entró en vigor el Real Decreto 864/2001, de 20 de julio, por el que se aprobó el Reglamento de Ejecución de la Ley Orgánica 4/2000, de 11...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • ATS, 15 de Noviembre de 2005
    • España
    • 15 Noviembre 2005
    ...de 2003, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Primera) del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, dictada en el recurso nº 2088/01, sobre denegación de entrada en territorio nacional y retorno a su lugar de Siendo Ponente el Excmo. Sr. D. José Manuel Sieira Míguez de la Sa......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR