STSJ Comunidad de Madrid , 28 de Mayo de 2003

PonenteFRANCISCA MARIA DE FLORES ROSAS CARRION
ECLIES:TSJM:2003:8285
Número de Recurso1458/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución28 de Mayo de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION PRIMERA RECURSO N° 1.458/01 SENTENCIA NÚM. 652 PRESIDENTE:

D. Alfredo Roldán Herrero MAGISTRADOS:

Dª. Clara Martínez de Careaga y García Dª. Francisca Rosas Carrión Dª. María Jesús Vegas Torres D. José Felix Martín Corredera D. Francisco Javier Sancho Cuesta En la Villa de Madrid, a veintiocho de mayo de dos mil tres.

Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso contencioso-administrativo número 1.458/01, interpuesto por la Procuradora Dª. Susana Hernández Del Muro, en nombre y representación de D. Rosendo , contra la resolución dictada por la Dirección General de la Policía de fecha 2.1.01, desestimatoria del recurso de alzada interpuesto contra la resolución dictada por la Comisaría de Policía adscrita al Aeropuerto de Barajas, Servicio de Control de Entrada de Extranjeros, de fecha 15.3.01, por la que se procedió a denegarle la entrada en territorio españo; siendo parte la DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICIA, representada por el Sr. Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido el recurso y previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó su demanda en la que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando sentencia estimatoria del recurso interpuesto y las declaraciones correspondientes en relación con la actuación administrativa impugnada.

SEGUNDO

Que asimismo se confirió traslado a la parte demandada para contestación a la demanda, en la que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, la parte terminó suplicando el mantenimiento de la actuación administrativa recurrida.

TERCERO

Habiéndose recibido el pleito a prueba, se llevaron a cabo las pruebas propuestas por las partes declaradas pertinentes. No considerando necesaria la celebración de vista pública, se confirió traslado a las partes por término de diez días para la formulación de conclusiones. Presentados los oportunos escritos, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento para votación y fallo, fijándose al efecto el día 27.5.03, fecha en que tuvo lugar.

Siendo PONENTE la Magistrada Iltma. Sra. Dª. Francisca Rosas Carrión.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en este proceso la resolución dictada en fecha de 2.1.2001 por la Jefatura del Puesto Fronterizo del Aeropuerto de Madrid - Barajas, por la que se denegó la entrada en territorio español a don Rosendo , nacional de Ecuador, y se ordenó su retorno al lugar de procedencia, así como la dictada en fecha de 15.3.2001 por el Director General de la Policía, desestimatoria del recurso de alzada interpuesto contra la primera.

SEGUNDO

Conforme al art. 20 del Convenio de Aplicación del Acuerdo de Schengen, los extranjeros que no estén sujetos a la obligación de visado podrán circular libremente por los territorios de las Partes contratantes por una duración máxima de tres meses en un período de seis meses a partir de la fecha de su primera entrada, siempre que cumplan las condiciones de entrada contempladas en las letras a), c), d) y e) del apartado 1 del art. 5.

A su vez, los arts....

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