STSJ Aragón , 31 de Enero de 2002

PonenteJOSE ENRIQUE MORA MATEO
ECLIES:TSJAR:2002:260
Número de Recurso1145/2001
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución31 de Enero de 2002
EmisorSala de lo Social

1 Rollo número: 1.145/2001 Sentencia número: 88/2002 MAGISTRADOS ILMOS. Sres.:

D. JUAN PIQUERAS GAYÓ

D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO D. JUAN MOLINS GARCÍA ATANCE En Zaragoza, a treinta y uno de enero de dos mil dos. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, compuesta por los Sres. indicados al margen y presidida por el primero de ellos, pronuncia en nombre del REY esta SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm. 1.145/2001 (Autos núm. 352/2001), interpuesto por la parte demandante Dª Leonor , contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social de Huesca, de fecha 26 de octubre de 2001, siendo demandada Dª Diana , sobre despido. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ

ENRIQUE MORA MATEO.

ANTECEDENTES DE HECHO

S PRIMERO.- Según consta en autos, se presentó demanda por Dª Leonor , contra Diana , sobre despido; y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de lo Social de Huesca, de fecha treinta y uno de enero de 2002, siendo el fallo del tenor literal siguiente:

"Que estimando la demanda interpuesta por Leonor frente a Diana , por despido, debo declarar y declaro improcedente el despido y debo condenar y condeno a la empresa demandada a que dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, readmita a la actora en el mismo puesto de trabajo o le abone una indemnización equivalente a 45 días por año de servicio del salario mensual de 37.708 pesetas, así como a una indemnización complementaria equivalente a los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la de notificación de esta sentencia, teniendo en cuenta la situación de la actora en incapacidad temporal".

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del siguiente tenor literal:

"1.- Leonor , ha venido prestando servicios en calidad de oficial 1ª esteticien, por cuenta y orden de la empresa Diana , durante el periodo de 12 de abril de 1.994 al 31 de agosto de 2.001, con jornada de once horas semanales y percibiendo el salario mensual de 37.708 pesetas.

  1. - Que inició la relación laboral, mediante el otorgamiento el 12 de abril de 1.994 de un contrato a tiempo parcial, con duración hasta el 11 de abril de 1.995, y que fue prorrogado por doce meses y de nuevo prorrogado por otros doce, siendo la duración total de 36 meses;...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
2 sentencias
  • STSJ Aragón , 4 de Marzo de 2002
    • España
    • March 4, 2002
    ...demandada, siendo impugnado dicho escrito por la parte demandante. FUNDAMENTOS DE DERECHO PRIMERO Esta Sala, en sentencias de 31.1.2002 (recurso 1145/2001) y 31.12.2001 (recurso 1065/2001), ha dicho que "antes de entrar en el concreto estudio de los Motivos de Recurso, es preciso analizar d......
  • STSJ Aragón 231/2002, 4 de Marzo de 2002
    • España
    • March 4, 2002
    ...demandada, siendo impugnado dicho escrito por la parte demandante. FUNDAMENTOS DE DERECHO PRIMERO Esta Sala, en sentencias de 31.1.2002 (recurso 1145/2001) y 31.12.2001 (recurso 1065/2001), ha dicho que "antes de entrar en el concreto estudio de los Motivos de Recurso, es preciso analizar d......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR