STSJ Comunidad de Madrid , 6 de Marzo de 2003
Ponente | MERCEDES MORADAS BLANCO |
ECLI | ES:TSJM:2003:3600 |
Número de Recurso | 113/2000 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 6 de Marzo de 2003 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
RECURSO N° 113/2000 PONENTE Sra. Mercedes Moradas Blanco SENTENCIA N°
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN SÉPTIMA Iltmos. Sres.
Presidenta Dª. María del Camino Vázquez Castellanos Magistrados Dª Mercedes Moradas Blanco D. Santiago de Andrés Fuentes Dª. Carmen Álvarez Theurer En la Villa de Madrid, a seis de marzo del año dos mil tres.
Vistos por esta Sección, constituida por los Sres. Magistrados relacionados, los autos del recurso contencioso - administrativo número 113/2000, promovido en su propio nombre y representación por D. Víctor , frente a la resolución de la Dirección General de la Policía de 2 de marzo de 2000, que desestimó la petición deducida en orden a percibir la productividad correspondiente a productividad y objetivos del Programa Policía 2.000.
Ha sido parte demandada la Administración del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.
Interpuesto el recurso, se reclamó el expediente a la Administración y, siguiendo los trámites legales, se emplazó a la parte demandante para la formalización de la demanda, lo que verificó mediante escrito que obra en autos, en el que expuso los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación y terminó suplicando que se dictara sentencia por la que se declare el derecho del recurrente al percibo y abono de la cantidad correspondiente al complemento de productividad que le corresponda en el primer trimestre de 1999.
El Abogado del Estado, en representación de la Administración demandada, contestó la demanda oponiéndose a la misma, conforme a los fundamentos que alegó, solicitando la confirmación de la resolución recurrida.
Concluso el procedimiento, se señaló para votación y fallo la audiencia del día cinco de marzo del año en curso, en que tuvo lugar.
Ha sido PONENTE el Magistrado Iltmo. Sra. Dª. Mercedes Moradas Blanco, quien expresa el parecer de la Sala.
El presente recurso contencioso administrativo se dirige frente a la resolución de la Dirección General de la Policía de 2 de marzo de 2000, que desestimó la petición deducida en orden a percibir la productividad correspondiente a productividad y objetivos del Programa Policía 2.000.
El demandante, estimando contrario a Derecho el acto administrativo que impugna, aduce en apoyo de su pretensión que, en el mes de abril de 1.999, se abonó el complemento de productividad correspondiente al primer trimestre del denominado plan 2.000, que no le fue abonada, según él, por encontrarse realizándolas practicas como funcionario alumno a la escala básica del Cuerpo nacional de Policía. Afirma que está destinado en la Comisaría de Distrito de La Latina y que a los funcionarios destinados en ella se les ha abonado la productividad por el denominado Plan 2000 por importe de 50.000 pesetas, por productividad del plan 2000. Por su parte, la Administración demandada solicitó la desestimación de la demanda.
La...
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