STSJ Comunidad de Madrid , 26 de Febrero de 2003

PonenteIGNACIO MORENO GONZALEZ-ALLER
ECLIES:TSJM:2003:3103
Número de Recurso263/2003
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución26 de Febrero de 2003
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO SOCIAL MADRID Sección Tercera Secretaría Sr. Faríñas Matoni Recurso n° 0263/03 Sentencia n° 318/03 CM Iltmo. Sr. D. MIGUEL MOREIRAS CABALLERO Presidente Iltmo Sr. D. IGNACIO MORENO GONZÁLEZ ALLER Iltmo Sr D EMILIA RUIZ JARABO QUEMADA En Madrid, a veintiseis de febrero de dos mil tres.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Srs citados al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación n° 0263/03 interpuesto por Dª Carmen Rodriguez de Rivera Domingo letrada, en representación del INSS y TGSS, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social n° 8 de los de MADRID, en los Autos n° 672/02, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. D. IGNACIO MORENO GONZÁLEZ ALLER.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en los autos n° 672/02 del Juzgado de lo Social n° 8 de los de Madrid, se presentó demanda por DON Víctor , contra INSS Y TGSS, en materia de invalidez, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia en fecha 30 de septiembre de 2002 en los términos que aparecen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

En dicha sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

PRIMERO

El Demandante D. Víctor , nacido el 8 de Junio de 1952 y afiliado a la Seguridad Social, Régimen General, con el n° NUM000 , desarrollaba habitualmente la profesión de Montador Oficial 2ª de Siderometalúrgia.

SEGUNDO

Con fecha 7 de Agosto de 2000, sufrió un accidente de tráfico, permaneciendo en situación de Incapacidad Temporal hasta el 7 de Febrero de 2002, en que fue dado de alta por agotamiento del plazo.

TERCERO

Tramitado expediente de Incapacidad, trás emisión del preceptivo Informe Médico de Síntesis, fue dictada resolución por la DP. del INSS. de Madrid el 12 de Marzo de 2002, que declaró al demandante Incapacitado Permanente, en grado de Absoluto, con derecho a percibir una prestación del 100% de su base reguladora de 1.054,33 Euros, con efectos de 8 de Febrero de 2002.

CUARTO

Al demandante se le ha objetivado el siguiente cuadro clínico: Secuelas de politraumatismo severo por accidente de tráfico. TCE. severo. Muñeca derecha: limitación moderada de la flexión-extensión limitación leve moderada de la inclinación cubitar. Miembro superior Derecho: Limitación moderada de la prono supinación del antebrazo. Pie derecho: Necrosis del asilágalo: dificultad en la flexoextensión y deambulación; parestesias en tobillo derecho por afectación de nervio ciático poplíteo externo derecho: pie caído. Ojo izquierdo: endotropia: gran limitación de la abducción y diplopia. TAC. craneal: aumento del espacio subaracnoideo atribuible a atrofia postraumática. Lesión axonal difusa.

Alteraciones de la memoria. Disminución de la fluidez verbal.

QUINTO

La reclamación previa interpuesta ha sido expresamente desestimada.

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por Dª Carmen Rodríguez de Rivera Domingo, letrada, en representación del INSS y TGSS, siendo impugnado de contrario por Dª Africa Sánchez-Bayton Sánchez, letrado, en representación de DON Víctor . Elevados los autos a esta Sala de lo Social, se dispuso su pase al Ponente para su examen y posterior resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

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