ATSJ Comunidad de Madrid , 26 de Febrero de 2003

PonenteIGNACIO MORENO GONZALEZ-ALLER
ECLIES:TSJMAD:2003:29A
Número de Recurso5794/2002
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución26 de Febrero de 2003
EmisorSala de lo Social

RECURSO SECCION TERCERA CM. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO SOCIAL MADRID Sección Tercera Secretaría Sr. Fariñas Matoni Recurso n° 5794/02 Auto 1/03 CM Iltmo. Sr. D. MIGUEL MOREIRAS CABALLERO Presidente Iltma. Sr. D. IGNACIO MORENO GONZÁLEZ ALLER Iltma. Sra Dª. EMILIA RUIZ JARABO QUEMADA En Madrid, a veintiseis de febrero de dos mil tres.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Srs. citados al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado el siguiente AUTO En los recursos de Suplicación núm. 5794/02 interpuestos por el letrado D. José Manuel Garcia Amat, en representación de DON Benjamín y por D. José Manuel Garcia Amat, letrado, en representación de MONTAJES TUBULARES LINZ SL, contra el auto dictado por esta Sala de lo Social de fecha 10 de junio de 2002 dimanante de los Autos n° 464/01, del Juzgado de lo Social número 24, seguidos a instancias de DON Juan contra FOGASA, ALDA IBERICA DE ANDAMIAJES SL, MONTAJES TUBULARES LINZ SL Y

Benjamín , ha sido Ponente el Iltmo. Sr. D. IGNACIO MORENO GONZÁLEZ ALLER.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Social de procedencia en las presentes actuaciones dictó sentencia el 26-7-2001 cuyo fallo dice literalmente lo siguiente: "Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por D. Juan contra Alda Ibérica de Andamiajes SL debo condenar como condeno a esta última a abonar al actor una indemnización de 10.762.410 pesetas por los daños y perjuicios sufridos como consecuencia del accidente laboral acaecido al trabajador el día 24-9-97.

SEGUNDO

Se despachó ejecución contra dicha empresa el 23-11- 2001 por principal, intereses y costas y, por escrito de 28-1- 2002 se solicitó la ampliación de la ejecución, celebrándose la oportuna comparecencia incidental, recayendo auto del Juzgado de 11-3-2002, disponiendo lo siguiente: "Que estimando parcialmente la demanda incidental presentada por D. Juan , debo ampliar como amplío a Montajes Tubulares Linz SL. y a Don Benjamín la ejecución despachada contra Alda Ibérica de Andamiajes SL mediante auto dictado el 23-11-2001 debiéndose trabar embargo sobre bienes de aquellos hasta cubrir las responsabilidades establecidas en dicho auto haciendo trance y remate de los mismos y con su producto abonar al actor las aludidas responsabilidades, con absolución de Visan Andamios SL".

TERCERO

Recurrido en reposición dicho auto fue confirmado por el de fecha 10-6-2002, anunciándose seguidamente sendos recursos de suplicación, el 26-7-2002, por la representación de Montajes Tubulares Linz SL y de Don Benjamín que han sido oportunamente formalizados. Siendo impugnados dichos recursos por Dª Aurora Prats Reja, letrado, en representación de DON Juan .

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Según se viene en conocimiento de las actuaciones Montajes Tubulares Linz SL se constituyó el 4-1-2001 y cuyo capital social fue asumido en su totalidad por el único socio, Don Benjamín , que a su vez fue nombrado administrador único. Dicho administrador asumió, además, la totalidad del capital social de Alda Ibérica de Andamiajes SL, que fue constituida mediante escritura notarial el 9-10-96.

Ambas empresas tienen el mismo objeto social, " la fabricación, instalación,...

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