STSJ Canarias , 4 de Julio de 2003

PonenteJOSE MANUEL CELADA ALONSO
ECLIES:TSJICAN:2003:2321
Número de Recurso88/2003
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 4 de Julio de 2003
EmisorSala de lo Social

En Santa Cruz de Tenerife , a cuatro de julio de dos mil tres.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de CANARIAS en Santa Cruz de Tenerife formada por los Iltmos. Sres. Magistrados D./Dña. Jose Mª Del Campo Y Cullen (Presidente), D./Dña. Jose Manuel Celada Alonso (Ponente) y D./Dña. Pilar Diaz de Losada y Hamilton , ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm. 0000088/2003 , interpuesto por Pedro Jesús y Ineuropa Handling U.T.E , Y Don Pedro Jesús Y OTROS frente a la Sentencia del JDO. DE LO SOCIAL N. 4 de SANTA CRUZ DE TENERIFE en los Autos 631-00 en reclamación de CANTIDAD , ha sido Ponente el ILTMO./A. SR./A.

D./DÑA. Jose Manuel Celada Alonso .

ANTECEDENTES DE HECHO

S PRIMERO.- Que según consta en Autos, se presentó demanda por DON Pedro Jesús Y OTROS , en reclamación de CANTIDAD y CANTIDAD siendo demandado Ineuropa Handling U.T.E y celebrado juicio y dictada Sentencia, el día 27-09-02 , por el Juzgado de referencia, con carácter estimatorio PARCIALMENTE. .- Los actores prestaban sus servicios para iberia con la categoría y antiguedad que se expondra a continuación.- Cada uno de ellos en las fechas que se indicara recibió de la Compañía Iberia la siguiente comunicación: "Como consecuencia de la adjudicación, aprobación por AENA a INEUROPA como Segundo Operador de Handling (Servicio de Asistencia en Tierra las Aeronaves y Pasajeros) en los Aeropuertos de Tenerife, con efectos de 7 de Noviembre de 1994 y en aplicación del correspondiente Pliego de Cláusulas de Explotación se le comunica a Vd. que a partir del día 7 de octubre de 1996 pasará a prestar sus servicios por cuenta y dependencia de dichja empresa Ineuropa la cual se subroga en los derechos y obligaciones que hasta la referida fecha tenía con IBERIA L.A.E., S.A. en este sentido deberá Vd. contactar con Ineuropa cuya dirección figura al pie de este escrito, de quyien recibirá Vd. codumento confirmándole todos estos extremos. De todo ello, cumplimentando los establecido en el Art. 44 del Estatuto de los Trabajadores, se ha dado conocimeinto previo al Comité de Centro.- Ineuropa les entrego otra comunicación del siguiente tenor: "Ineuropa Handling UTE es adjudicatariao del concurso de A.E.N.A. para la prestación del Servicio de asistencia en tierra a las Aeronaves y Pasajeros HANDLING DE PASAJEROS Y RAMPO), en los Aeropuertos de Tenerife. El Pliego de Cláusula de explotaciòn, regulador del citado concurso establece la subrogación por parte del segundo concesionario INEUROPA en la relación laboral de algunos trabajadores del primer concesionario (IBERIA, L.A.E., S.A.) Por ello en virtud de lo dispuesto en el mencionado Pliego y en los listados faciliados por Iberia le ofrecemos pasar a quedar adscrito a esta U.T.E. subrogándose esta en los derechos y obligaciones de su actual relación laboral con IBERIA, L.A.E., S.A. La subrogación tendrá efgectos del día..., a partir de la cual prestará Vd, sus servicios para Ineuropa Handling.

SXirvase firmar el duplicado del presente escir6o en prueba de su conformidad, haciendo entrega del mismo en nuestras oficinas de Aeropuerto.- 2.- Pedro Miguel con antiguedad de 7 de junio del 79 tenico de operaciones fué sobrogado el 7 de octubre del 96.- Realizó más de cuatrro turnos al mes durante el período reclamado y se le abonó el plus de turnicidad 16134 ptas al mes.- 3.- Luis Pedro agente de servicios auxiliares, antiguedad 28 del 10 del 86 fué subrogado el 7 de noviembre del 97. realizó más de cuatro turnos al mes durante el período reclamado y se le abonó el plus de turnicidad 16134 ptas al mes.- 4.- María subrogada el 7 de octubre del 96 antiguedad 20 del 11 del 89 agente administrativo.Realizó mas de cuatro turnos al mes durante el período reclamado y se le abonó el plus turnicidad 16134 ptas al mes.- 5.- Donato subrogado el 30 de abril del 97, agente de servicios auxiliares con antiguedad de 20 de 10 del 86. Realizó más de cuatro turnos al mes durante el poeríodo reclamado y se le abonó el plus de turnmicidad 16134 ptas al mes.- 6.- Marí Luz subrogada el 7 del 10, del 96, con antiguedad de 9 de agosto del 88, el 8 de agosto de 2000 se adhirio al acuerdo de abril de 2000,. que al constar en autos documento 4 de la demandada se da por reproducido Realizó más de cuatro turnos al mes durante el período reclamado y se le a bonó el plus de turnicidad 16134 ptas al mes.- 7.- Ildefonso subrogado el 7 del 10 del 96, antiguedad de 26 del 12 del 96 agente de servicios auxiliares, percibia plus de turnicidad en octubre.- Realizó más de cuatro turnos al mes durante el período reclamado y se le abonó el plus de turnicidad 16134 ptas al mes.- 8.- Plácido subrogado el 7 del 10 del 96, antiguedad de 21 de abril, del 87 agenbte de servicios auxiliares REalizó mas de cuatro turnos al mes durante el período reclamado y se le abonó el plus de turniciada 16134 ptas al mes.- 9.- Luis Enrique subrogado el 30 de abril del 97, antiguedad del 7 del 10 del 86. Realizó mas de cuatro turnos al mes durante el período reclamado y se le abonó el plus de turniciada 16134 ptas al mes.- 10.- Fátima subrogada el 1 de ajunio del 97. realizó mas de cuatro turnos al mes durante el período reclamado y se le abonó el plus de turnicidad 16134 ptas al mes.- 121.- Estíbaliz subrogada el 30 de abril agente administrativo antiguedad a de 23 de febrero del 86. REalizó más de cuatro turnos al mes durante el período reclamado y se le abonó el plus de turnicidad 16134 ptas al mes.- 123.- Casimiro , subrogado el 7 de octubre del 96, antiguedad de 18 de julio del 88, agente de saervicios auxiliares. REalizó mas de cuatro turnos al mes durante el período reclamado y se le abonó el plus de turnicidad 16134 ptas al mes.- 13.- Leonardo subrogado el 7 de octubre del 96, antiguedad...

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