STSJ Galicia , 13 de Octubre de 2004
Ponente | JOSE GONZALO DE LA HUERGA FIDALGO |
ECLI | ES:TSJGAL:2004:4498 |
Número de Recurso | 176/2004 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 13 de Octubre de 2004 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
RECURSO DE APELACIÓN 0000176 /2004 EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la:
SENTENCIA N° 769/ 2004 Ilmos. Sres.
DON BENIGNO LÓPEZ GONZÁLEZ-PTE.
DON FERNANDO SEOANE PESQUEIRA DON GONZALO DE LA HUERGA FIDALGO En la Ciudad de A CORUÑA, trece de octubre de dos mil cuatro.
En el recurso RECURSO DE APELACIÓN 0000176 /2004 pende de resolución de esta Sala, interpuesto por LA CONSELLERIA DE SANIDADE E SERVICIOS SOCIAIS, contra la Sentencia de fecha cinco de abril de dos mil cuatro dictada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número Uno de Santiago de Compostela . Es parte apelada Alfonso .
Aceptando los antecedentes de la Sentencia apelada; y. RESULTANDO: que el presente recurso de apelación se interpone contra la Sentencia de fecha 5 de abril de 2.0 04 dictada por el Juzgado de lo contencioso-administrativo número 1 de Santiago en el Procedimiento Abreviado que con el número 8/04 se sigue en dicho Juzgado y en cuya parte dispositiva se acordó: "Que, con estimación del recurso contencioso-administrativo, presentado por DON Alfonso , contra resolución de la Secretaría Xeral de la Consellería de Sanidade de fecha 7 de mayo de 2003, y resolución del Conselleiro de Sanidade del recurso de alzada interpuesto contra dicha resolución, debo declarar y declaro la no conformidad a derecho de los actos administrativos recurridos, los cuales se declaran nulos; no haciendo expresa condena respecto de las costas causadas en este juicio".
RESULTANDO: que recibidas las actuaciones en esta Sala, se designó Ponente y quedaron las actuaciones sobre la mesa para resolver por el turno que corresponda.
RESULTANDO: En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
Es ponente el Iltmo. Sr. D. GONZALO DE LA HUERGA FIDALGO.
Aceptado los fundamentos de la sentencia apelada; y. CONSIDERANDO; que para impugnar la sentencia de instancia estimatoria de recurso contencioso- administrativo contra resolución sancionatoria del recurrente y ahora apelado, al haber apreciado aquella la caducidad del expediente sancionador por haber transcurrido en la tramitación más del plazo de dos meses previsto al efecto en el artículo 70.3 del Decreto 3160 de 23 de diciembre de 1966, aprobatorio del Estatuto jurídico del...
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