STSJ Galicia , 26 de Enero de 2004

PonenteLUIS FERNANDO DE CASTRO FERNANDEZ
ECLIES:TSJGAL:2004:374
Número de Recurso2690/2003
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución26 de Enero de 2004
EmisorSala de lo Social

MARÍA SOCORRO BAZARRA VARELA SECRETARIO DE LA SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA, CERTIFICO: Que en el recurso de Suplicación del que luego se hará mención, se ha dictado por esta Sala la siguiente Resolución Recurso núm. 2690/2003 CON ILMO. SR. D. LUIS F. DE CASTRO FERNÁNDEZ PRESIDENTE ILMO. SR. D. MIGUEL A. CADENAS SOBREIRA ILMA. SRª Dª ROSA RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ A Coruña, a veintiséis de enero de dos mil cuatro.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los Sres.

Magistrados citados al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación núm. 2690/2003 interpuesto por Dª Fátima contra la sentencia del Juzgado de lo Social núm. TRES DE PONTEVEDRA siendo Ponente el ILMO.

SR. D. LUIS F. DE CASTRO FERNÁNDEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Dª Fátima en reclamación de INCAPACIDAD siendo demandado el INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 717/2002 sentencia con fecha 26 de marzo de 2003 por el Juzgado de referencia que desestimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

"1°.- Dª Fátima , con DNI. n° NUM000 , nacida el día 29.03.50, de profesión redera, afiliada con el número NUM001 al régimen Especial de Trabajadores del Mar de la Seguridad Social, terminada su incapacidad temporal, se tramitó expediente de declaración de invalidez permanente ante el Instituto Social de la Marina. Fue examinada el 01.07.02 por el Equipo de Valoración de Incapacidades. La comisión de Evaluación de Incapacidades propuso la declaración de la trabajadora como afecta de una invalidez permanente en el grado de total para su profesión habitual, decisión impugnada en vía administrativa y ratificada, por semejantes razonamientos, en resolución de 07.02.03 de la dirección Provincial del referido Instituto./ 2°.- La base reguladora de las prestaciones de invalidez, en atención a las cotizaciones de la parte demandante, es de 531,72 euros mensuales. Padece las siguientes enfermedades o lesiones derivadas de enfermedad común: historial clínico: Paciente de 52 años en situación de incapacidad temporal desde 13.3.2001. Viene con propuesta de inspección médica de incapacidad permanente con informe clínico laboral 13.5.2002. Antecedentes de úlcera gastroduodenal, divertículos de colon. Síndrome ansioso-depresivo. Hernia discal 14-L5 derecha intervenida en 1991, persistiendo lumbociatalgia al mismo nivel fue reintervenida en octubre 95 por fibrosis epidural. En el postoperatorio persistió la lumbociatalgia derecha agravándose posteriormente y llegando a ser refractaria al tratamiento médico conservador. En noviembre 98 reintervenida practicándosele laminectomía L4, hemilaminectomía L5 bilateral, foraminectomía L5 derecha. Discectomía L4-L5 y artrodesis intersomática con dos injertos expansivos manteniendo la lordosis fisiológica. Fue reintervenida al día siguiente por presentar fistula de líquido cefalorraquídeo. Desde entonces refiere lumbalgias difusas con radiculopatías 15-S1 bilaterales, meralgias y calambres nocturnos (informe Complexo Hospitalario Universitario de Santiago. Columna vertebral:

consigue caminar punta. No consigue caminar en talones. Flexión lumbar muy limitada (distancia dedos-suelo aproximadamente 30 cm cicatriz...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR