STSJ Cantabria , 10 de Noviembre de 2004

PonenteMARIA JESUS FERNANDEZ GARCIA
ECLIES:TSJCANT:2004:1912
Número de Recurso532/2004
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución10 de Noviembre de 2004
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CANTABRIA SALA SOCIAL SANTANDER SENTENCIA: 01272/2004 Rec. Núm. 532/04 Sec. Sra. Colvée Benlloch.

PRESIDENTE Ilmo. Sr. D. Rubén López Tamés Iglesias MAGISTRADOS Ilma. Sra. Dª. Mercedes Sancha Saiz Ilmo. Sr. D. Mª Jesús Fernández García EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen ha dictado la siguiente SENTENCIA En Santander, a diez de noviembre de dos mil cuatro.

En el recurso de suplicación interpuesto por Dª. Esther contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Núm. Tres de Santander, ha sido Ponente la Ilma. Sra. Dª. Mª Jesús Fernández García, quién expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Dª. Esther siendo demandados el Instituto Nacional de la Seguridad Social y otro sobre seguridad social y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 26 de marzo de 2004 en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Que como hechos probados se declararon los siguientes:

  1. - La demandante nació el 23-3-54 y tiene como número de afiliación al Régimen General de Seguridad Social NUM000 .

    La base reguladora asciende a 501,44 euros, siendo la fecha de efectos el 10-7-03.

  2. - Iniciadas actuaciones administrativas se emitió informe médico de síntesis el 9-7-03 con el contenido que obra en autos, reuniéndose la EVI de Cantabria el 10-7-03 para proponer a la Dirección Provincial del INSS de Cantabria que la demandante no se halla afecta de incapacidad permanente al presentar el cuadro clínico que padece en la actualidad una patología similar a la ya juzgada en sentencia de la Sala de lo Social del T.S.J. de Cantabria el 17-4-01, propuesta que fue admitida por la Dirección Provincial del INSS el 22-7-03.

    Contra la anterior decisión se interpuso por la demandante reclamación previa el 5-9-03, siendo desestimada por la Dirección Provincial del INSS el 16-9-03.

  3. - La demandante presenta el siguiente cuadro de secuelas:

    . distimia.

    . hipoacusia bilateral mixta.

  4. - El cuadro anterior provoca el siguiente menoscabo funcional:

    . tristeza, labilidad, falta de concentración, disfasia, intranquilidad...

    . pérdida de audición: oído derecho-41%, oído izquierdo-43%.

  5. - La profesión habitual de la demandante es la de conservera con funciones de limpieza de pescado, fileteado, carga y descarga de éste.

  6. - El 17-4-01 se dictó sentencia por la Sala de lo Social del T.S.J. de Cantabria en la que se revocaba la dictada a su vez por el magistrado del Juzgado de lo Social nº 1 de Santander que reconoció una incapacidad permanente total a la hoy demandante.

    El cuadro clínico de estas resoluciones fue éste: sintomatología depresiva con dificultad de concentración, ideación, rumiativa de carácter hipocondríaco, labilidad emocional, disfasia, intranquilidad interna y dificultad para realizar las tareas habituales.

  7. - La actora permanece inscrita desde...

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