STSJ Cantabria , 22 de Septiembre de 2004

PonenteRUBEN LOPEZ-TAMES IGLESIAS
ECLIES:TSJCANT:2004:1546
Número de Recurso852/2004
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución22 de Septiembre de 2004
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CANTABRIA SALA SOCIAL SANTANDER SENTENCIA: 01041/2004 Recurso núm. 852/2004 Secretaria Sra. Colvée Benlloch PRESIDENTE Iltmo.Sr.D. Rubén López Tamés Iglesias MAGISTRADOS Iltma.Sra.Doña Mercedes Sancha Saíz Iltmo.Sr.D. Rafael Antonio López Parada EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria compuesta por los Iltmos. Sres. Citados al margen ha dictado la siguiente SENTENCIA En Santander a veintidós de Septiembre de dos mil cuatro.

En el recurso de suplicación interpuestos por la Electra de Viesgo Distribución S.L., contra el auto dictado por el Juzgado de lo Social número Cuatro de Santander y Cantabria, ha sido nombrado Ponente el Iltmo. Sr. D. Rubén López Tamés Iglesias quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En las presentes actuaciones recayó Auto de fecha 30-04-04 , en cuya parte dispositiva consta: "Que estimando parcialmente el incidente de ejecución promovido por Doña Flor y DOÑA Rosario contra ELECTRA DE VIESGO I, SOCIEDAD UNIPERSONAL Y SERVICIOS AUXILIARES DE GESTION DE NEGOCIOS, S.A., ene reclamación de ejecución de despido declarado nulo de efectos al 15-2-02, debo decretar y decreto la extinción de la relación laboral entre D. Flor y Electra de Viesgo I, S.A., S.A., con efectos desde la presente resolución y condeno a la entidad ejecutada al pago a este ejecutante de 14.347,77 euros, en concepto de indemnización y 28.282,08 euros en concepto de salarios de tramitación; y que decreto la reposición de la ejecutante Doña Rosario a las circunstancias laborales anteriores al despido, condenando a la empresa ejecutada al pago a esta trabajadora de 17.104,2 euros en concepto de salarios de trámite, procediendo a su alta en Seguridad Social, salarios que seguirán devengándose con los incrementos correspondientes".

  1. - El día 7-5-04, Doña Rosario percibió 10.079,01 euros y Doña Flor , otros 10.079,91 euros.

  2. - Mediante escrito de fecha 18-05-04 la representación letrada de Electra de Riesgo Distribución S.L., formuló recurso de reposición contra la referida resolución en los términos que expone del que se dio traslado a la parte ejecutante que impugnó el recurso y solicita la ejecución definitiva de los pronunciamientos no impugnados y de los provisionalmente subsistentes.

  3. - Dicho recurso fue resuelto por auto de ocho de junio de 2004 , recurrido en suplicación y cuya parte dispositiva es del siguiente tenor: "Que desestimando el recurso de reposición planteado por Electra de Riesgo I Sociedad Unipersonal S.A., contra el Auto de fecha 30-04-04 , recaído en las presentes actuaciones seguidas a instancia de Doña Flor y Doña Rosario , debo confirmar y confirmo la resolución recurrida en todos sus pronunciamientos.

Se requiere de pago a la entidad ejecutada en el importe de 32.512,81 euros respecto de la deuda de Doña Flor , en el plazo de 20 días desde la presente resolución y 6.987,16 euros, respecto de Doña Rosario que deberá ser alta en la empresa ejecutada, en igual plazo, procediéndose, de no ejecutarlo voluntariamente a la vía de apremio y alta de oficio. Notifíquese esta resolución a las partes.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Recurre la entidad ejecutada la resolución de instancia que decretó la reposición de una de las ejecutantes en las circunstancias laborales anteriores al despido. Lo hace con fundamento en los datos no controvertidos de que Electra de Viesgo Distribución, S.L., carece de centro de...

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