STSJ Cantabria , 9 de Julio de 2004

PonenteMARIA DE LAS MERCEDES SANCHA SAIZ
ECLIES:TSJCANT:2004:1285
Número de Recurso102/2004
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 9 de Julio de 2004
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CANTABRIA SALA SOCIAL SANTANDER SENTENCIA: 00851/2004 Recurso núm. 102/04 Sec. Sra. Colvée Benlloch PRESIDENTE Ilma. Sra. Dª. Mercedes Sancha Saiz MAGISTRADOS Ilmo. Sr. D. Rafael Antonio López Parada Ilmo. Sr. D. Santiago Pérez Obregón EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen, ha dictado la siguiente SENTENCIA En Santander, a nueve de julio de dos mil cuatro.

En el recurso de suplicación interpuesto por el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número Cuatro de Santander, ha sido Ponente la Ilma. Sra. Doña Mercedes Sancha Saiz, quién expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por D. Alexander , sobre invalidez, siendo demandados el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 16 de septiembre 2.003 , en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Que como hechos probados se declararon los siguientes:

  1. - El actor D. Alexander nacido el 2 de abril de 1945, figura afiliado a la Seguridad Social con el núm. NUM000 , encuadrado en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, reuniendo período de cotización suficiente para la prestación que reclama y siendo su profesión habitual la de conductor de pala excavadora.

  2. - Fue declarado en situación de incapacidad permanente absoluta para todo trabajo, en virtud de Sentencia de este Juzgado de fecha 6 de marzo de 2.000 (autos núm. 19/2000), en atención al siguiente cuadro clínico: "Diagnosticado de estenosis aórtica calificada severa, 15-3-99, se realiza recambio valvular aórtico más artroplasia longitudinal reductoria. En el postoperatorio presenta un bloqueo aurioventricular que requiere la implantación de marcapasos. El 6-6-99 por presentar tras un esfuerzo físico, sensación de mareo y sincope con pérdida de conocimiento de 5 minutos de duración. Tras ser estudiado se evidencia prótesis aórtica normofuncionante extrasistólicos ventriculares frecuentes. Pendiente de estudio Holter (cuyo resultado no figura en el informe), por la posibilidad de que el marcapasos limite el aumento de la frecuencia cardiaca al esfuerzo máximo. Algo parado, dice que se le olvidan las cosas que ya no conduce. Según informes aportados (25-8- 99): paciente afecto de deterioro cognitivo y depresión. Exploración física normal.

    Presenta afectación límites bajos. El TAC y el ECG fueron negativos. Se le diagnostica de demencia de tipo Alzheimer incipiente.

  3. - Previa la correspondiente solicitud de fecha 20-12-02 se tramitó expediente administrativo de revisión del grado de incapacidad permanente por agravamiento, emitiéndose informe médico de síntesis el día 6-2-03, dictamen propuesta del EVI el día 13-2-02 y recayendo resolución de la Dirección Provincial del INSS de fecha 19-2-03, por la que se deniega la revisión instada.

    Interpuesta reclamación previa, fue desestimada por resolución del mencionado organismo de fecha 26-3-03.

  4. - La base reguladora de la situación de gran invalidez es la de 3.532,23 euros mensuales.

  5. - El cuadro clínico que afecta al actor al momento de la valoración del expediente es el siguiente:

    "Exploración actual: consciente y desorientado temporo espacialmente, hace mucho que no sabe ni en que día vive. No se acuerda muy bien cuantos nietos tiene. Ve la televisión por pasar el rato pero no se acuerda, al momento de lo que han dicho. Refiere no salir de casa porque se pierda va por la orilla que no es. La mujer me dice que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
32 sentencias
  • STSJ Cataluña 6508/2016, 9 de Noviembre de 2016
    • España
    • November 9, 2016
    ...14 de diciembre de 1.986, 24 de marzo de 1.987, 20 de febrero de 1.989, y 12 de julio de 1.989, y sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, de 9 de julio de 2.004 ). Asimismo ha de partirse de que la enumeración que efectúa el artículo 137.6 de la Ley General de la Seguridad......
  • STSJ Cataluña 7591/2016, 20 de Diciembre de 2016
    • España
    • December 20, 2016
    ...14 de diciembre de 1.986, 24 de marzo de 1.987, 20 de febrero de 1.989, y 12 de julio de 1.989, y sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, de 9 de julio de 2.004 ). Asimismo ha de partirse de que la enumeración que efectúa el artículo 137.6 de la Ley General de la Seguridad......
  • STSJ Cataluña 6210/2018, 23 de Noviembre de 2018
    • España
    • Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, sala social
    • November 23, 2018
    ...14 de diciembre de 1.986, 24 de marzo de 1.987, 20 de febrero de 1.989, y 12 de julio de 1.989, y sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, de 9 de julio de 2.004). Asimismo ha de partirse de que la enumeración que efectúa el artículo 137.6 de la Ley General de la Seguridad ......
  • STSJ Cataluña 2866/2013, 22 de Abril de 2013
    • España
    • April 22, 2013
    ...14 de diciembre de 1.986, 24 de marzo de 1.987, 20 de febrero de 1.989, y 12 de julio de 1.989, y sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, de 9 de julio de 2.004 ). Asimismo ha de partirse de que la enumeración que efectúa el artículo 137.6 de la Ley General de la Seguridad......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR