STSJ Galicia , 13 de Diciembre de 2005

PonenteLUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO
ECLIES:TSJGAL:2005:2908
Número de Recurso2394/2005
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución13 de Diciembre de 2005
EmisorSala de lo Social

Recurso núm. 2394-2005

RR

ILMO. SR. D. ANTONIO OUTEIRIÑO FUENTE

PRESIDENTE

ILMO. SR. D. ELÍAS LÓPEZ PAZ

ILMO SR. D. LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO

A Coruña, a trece de diciembre de dos mil cinco.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los Sres.

Magistrados citados al margen y

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación núm. 2394-2005 interpuesto por CONSELLERÍA DE PRESIDENCIA

contra la sentencia del Juzgado de lo Social núm. 3 de Lugo siendo Ponente el ILMO SR. D. LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Dª Antonieta en reclamación de PARTICIPACIÓN PROCESO SELECTIVO siendo demandado CONSELLERÍA DA PRESIDENCIA en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 829-2004 sentencia con fecha 14 de febrero de 2005 por el Juzgado de referencia que estimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

"1 °-.- La actora, Doña Antonieta, cuyas circunstancias personales constan en el encabezamiento de la demanda, viene prestando servicios para la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales, como personal laboral fijo, ordenanza grupo V-3.

  1. - La categoría que ostenta es la de Auxiliar Puericultura 10 del grupo IV, encontrándose en situación de excedencia voluntaria por incompatibilidad declarada en virtud de Resolución de la Dirección General de la Función Pública de 15.2.94 con efectos 13.2.94, al optar por continuar prestando servicios como ordenanza. 3°-.- Por orden de 19.12.03 se convoca proceso selectivo para el acceso a categorías correspondientes al grupo III del personal laboral fijo de la Xunta de Galicia, por el turno de promoción interna y cambio de categoría.

    La actora presentó solicitud para participar en el proceso selectivo para el acceso a la categoría 50 (técnico especialista en jardín de infancia), grupo III del personal laboral fijo de la Xunta de Galicia, por el turno de promoción interna.

  2. - Por resolución de la Dirección General de la Función Pública de 26.3.04 se aprobaron e hicieron públicas las relaciones provisionales de admitidos y excluidos de los procesos selectivos, figurando la demandante en la relación de excluidos en la categoría 50 grupo III, por las causas 12 y 14. No declarar que pone la titulación y no reunir el requisito de la titulación respectivamente.

  3. -.- En resolución de la Dirección General de la Función Pública de 7.5.04, se hacen públicas las relaciones definitivas de admitidos y excluidos, figurando la demandante excluida por la causa 12.

  4. - La actora no posee el título.

  5. -.- Se presentó reclamación previa agotando la vía administrativa.

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:

"FALLO: Que, estimando la demanda presentada por DOÑA Antonieta contra la CONSELLERÍA DA PRESIDENCIA, RELACIÓNS INSTITUCIONAIS E ADMINISTRACIÓN PÚBLICA de la XUNTA DE GALICIA, declaro el derecho de la actora a participar en el proceso selectivo del personal laboral fijo de la Xunta de Galicia, grupo III, categoría 5Q, técnico especialista en jardín de infancia por...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
11 sentencias
  • STSJ Galicia , 7 de Marzo de 2006
    • España
    • 7 Marzo 2006
    ...este proceder podría suponer -de plano- la desestimación del motivo (sólo entre las más recientes, SSTSJ Galicia 12/01/06 R. 5657/05, 13/12/05 R. 2394/05, 25/11/05 R. 1026/05, 25/11/05 R.5725/03, 14/11/05 R. 4706/05, 25/10/05 R. 4813/05, etc .), sin embargo, el principio pro actione -aquila......
  • STSJ Galicia , 13 de Febrero de 2007
    • España
    • 13 Febrero 2007
    ...suponer -de plano- la desestimación del motivo (sólo entre las más recientes, SSTSJ Galicia 07/03/06 R. 417/06, 12/01/06 R. 5657/05, 13/12/05 R. 2394/05, 25/11/05 R. 1026/05, 25/11/05 R. 5725/03, 14/11/05 R. 4706/05, 25/10/05 R. 4813/05, etc .); sin embargo, el principio pro actione -aquila......
  • STSJ Galicia , 30 de Octubre de 2006
    • España
    • 30 Octubre 2006
    ...4785/05, 23/06/06 R. 5716/03, 05/05/06 R. 1065/06, 27/03/06 R. 3949/03, 09/03/06 R. 3974/03, 24/02/06 R. 3974/03, 12/01/06 R. 5657/05, 13/12/05 R. 2394/05, 25/11/05 R. 1026/05, 25/11/05 R. 5725/03, 14/11/2005 JUR 2006/80525, 25/10/05 R. 4813/05, etc .) no se halla exento de un mínimo formal......
  • STSJ Galicia 2605/2011, 19 de Mayo de 2011
    • España
    • 19 Mayo 2011
    ...porque ni la Orden ni el Convenio exige la prestación de servicios efectivos como ya manifestó esta Sala en sentencia de 13 de diciembre de 2005 (recurso 2394/2005 ) en supuesto idéntico al ahora planteado con el argumento de que "En todo caso, no hay incumplimiento alguno de la normativa, ......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR