STSJ Cantabria 134/2009, 18 de Febrero de 2009

PonenteELENA PEREZ PEREZ
ECLIES:TSJCANT:2009:63
Número de Recurso80/2009
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución134/2009
Fecha de Resolución18 de Febrero de 2009
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CANTABRIA SALA SOCIAL

SANTANDER

SENTENCIA: 00134/2009

Recurso núm. 80/09

Secretaria Sra. Colvée Benlloch

PRESIDENTE

Iltmo. Sr. Don Rubén López Tamés Iglesias

MAGISTRADOS

Iltma. Sra. Doña Mercedes Sancha Saíz

Iltma. Sra. Doña Elena Pérez Pérez

EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria compuesta por

los Iltmos.Sres. citados al margen ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En Santander, a Dieciocho de febrero de dos mil nueve.

En el recurso de suplicación interpuesto por Don Plácido contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número Uno de Santander y Cantabria, ha sido nombrado Ponente la Iltma. Sra. Doña Elena Pérez Pérez quién expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Don Plácido, sobre Contrato de Trabajo, siendo demandados el Instituto Español de Oceanografía (Centro Oceanográfico de Santander) y otros, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 11/07/2008, en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Que como hechos probados se declararon los siguientes:

  1. - El demandante, Plácido, ha venido prestando servicios laborales como Ayudante de Investigación y Laboratorio en las instalaciones del Instituto Español de Oceanografía(Centro Oceanográfico de Santander), percibiendo un salario bruto diario de 47,96 euros con prorrata de pagas extras.

  2. - la prestación de servicios se desempeñó a través de los siguientes contratos de trabajo celebrados con las empresas que se relacionan:

    1) Contrato de duración determinada por obra o servicio determinado, con la empresa Investigación, planificación y desarrollo, S.A., de fecha 28 de octubre de 2004, con jornada a tiempo completo y duración hasta fin de obra, estableciéndose como talla de "observador a bordo de buques 2004 Zooplancton C.O. Santander".

    Dicha relación laboral finalizó en fecha 1 O de diciembre de 2004.

    2) Contrato de duración determinada por obra o servicio determinado de fecha 1 de julio de 2005, con la empresa ECOHYDROS, S.L. como Jefe Superior, con jornada parcial de 305 horas semanales, de lunes a viernes de 8:00 a 15:00 y duración hasta fin de obra, consistente en "consultoría y asistencia para estudios de oceanografía en el centro Oceanográfico de Santander.

    Dicha contratación finalizó en fecha 31 de enero de 2006.

    3) Contrato de duración determinada por obra o servicio determinado con la empresa ECOHYDROS, S.L., de fecha 1 de febrero de 2006 con la misma obra, objeto y condiciones que el anterior, y duración hasta fin de obra.

  3. - Los contratos temporales con la empresa ECOHYDROS, S.L. se celebraron previa suscripción entre la misma y el Instituto Español de Oceanografía de sucesivos contratos por los que se adjudicaba a aquélla los servicios de Consultoría y Asistencia para estudios de oceanografía en el Centro Oceanográfico de Santander, de fechas 23 de junio de 2007, 14 de diciembre de 2005 y 1 de diciembre de 2006.

    Se da por reproducido el contenido de dichos contratos y de los Pliegos de Cláusulas Administrativas y Prescripciones Técnicas.

  4. - El demandante venía prestando servicios en las instalaciones del centro Oceanográfico de Santander, en el Proyecto de radiales bajo la dirección de Dña. Penélope, funcionaria del Instituto Español de Oceanografía, de quien recibe todas las instrucciones de trabajo.

  5. - Las funciones del demandante han sido las siguientes:

    . Preparación de los muestreos mensuales de la radial de Santander.

    .Análisis de las biomasas de zooplancton.

    .Recuentos de abundancia de zooplancton.

    .Identificación taxonómica de especies zooplanctónicas.

    .Actualización de los resultados de zooplancton en la base de datos ya creada.

    .Determinación de oxígeno disuelto mediante método winkler para la calibración de sensor de oxígeno Seabird S.43..

    .Determinación de salinidades mediante método wilker para la calibración de sensor de conductividad y mediante salinómetro Beckman para calibración del termosalinógrafo.

    .Participación en campaña oceanográfica de radiales profundas, en el mar Cantábrico, a bordo de un buque oceanográfico.

    .Tres salidas mensuales a la mar para toma de muestras en un barco del IEO.(No controvertido)

  6. - El demandante efectuaba pedidos de material de la radial de Santander, firmando los albaranes correspondientes.

  7. - Todo el material de trabajo empleado por el trabajador era propiedad del Instituto Español de Oceanografía, incluyendo material de oficina, laboratorio, hardware y software, línea de teléfono, correo electrónico, bata de trabajo y vehículo.

  8. - El nombre del demandante aparece como Ayudante de Investigación y Laboratorio en la relación del Personal de Investigación del Centro Oceanográfico de Santander publicada en la página web del mismo.

  9. - El demandante efectuaba el fichaje del control de su horario de trabajo mediante la tarjeta y el mecanismo de control dispuesto por el Centro Oceanográfico de Santander al igual que el resto del personal de dicho organismo.

DÉCIMO

Por el demandante se ha formulado reclamación administrativa previa en fecha 15 de noviembre de 2007.

Asimismo, en fecha 28 de noviembre de 2007 se celebró acto de conciliación previa que resultó intentada sin efecto.

TERCERO

Que contra dicha sentencia anunció el recurso de suplicación por la parte demandada, siendo impugnado por la parte contraria, pasándose los autos al Ponente para su examen y resolución por la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- En el presente supuesto la Abogacía del Estado, en representación de la parte demandada, interpone recurso de suplicación frente a la sentencia de instancia que acogiendo la demanda, ha declarado la existencia de cesión ilegal del actor, condenando al INSTITUTO ESPAÑOL DE OCEANOGRAFÍA a estar y pasar por tal declaración y a integrar al mismo como personal indefinido del Centro Oceanográfico de Santander como ayudante de investigación y laboratorio, con la antigüedad y jornada indicadas y demás consecuencias legales de tal declaración.

En el recurso se articula un único motivo al amparo del art. 191 c) LPL en el que denuncia la infracción de lo dispuesto en el artículo 43 ET, sosteniendo que en el presente caso no concurre un supuesto de cesión ilegal del trabajador por parte de la empresa ECOHYDROS SL al INSTITUTO ESPAÑOL DE OCANOGRAFÍA, en adelante IEO, dado que la actividad desarrollada por el actor se enmarca dentro del ámbito del contrato administrativo suscrito entre el IEO y la empresa ECOHYDROS SL, siendo la actividad intelectual del trabajador el elemento preponderante de dicha prestación, motivo por el que carece de trascendencia la falta de aportación de medios materiales por parte de la empresa adjudicataria del servicio, lo que además se justificaría por la especial naturaleza del servicio contratado. Además, entiende que el hecho de que exista un...

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