STSJ Castilla y León , 25 de Mayo de 2004

PonenteRAMON SASTRE LEGIDO
ECLIES:TSJCL:2004:2848
Número de Recurso1251/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución25 de Mayo de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEON SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO.

SEDE EN VALLADOLID Recurso núm 1251/99 SENTENCIA n° 851 ILMOS. SRES. MAGISTRADOS DOÑA MARIA ANTONIA LALLANA DUPLA DON JAVIER ORAA GONZALEZ DON RAMON SASTRE LEGIDO En Valladolid, a veinticinco de mayo de dos mil cuatro.

Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el presente recurso en el que se impugna: El Acuerdo del Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España, adoptado en sesión celebrada los días 10 y 11 de junio de 1.999, por el que se estima el recurso interpuesto por el Arquitecto D. Marco Antonio y se revoca la Resolución del Tribunal Profesional del Colegio Oficial de Arquitectos de León de 12 de septiembre de 1998 al considerar prescritas las faltas imputadas a dicho Arquitecto por las que había sido sancionado con suspensión en el ejercicio profesional en el ámbito de ese Colegio de León por plazo de seis meses.

Son partes en dicho recurso: como recurrente EL COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE LEON, representado por el Procurador D. José María Ballesteros González, bajo la dirección del Letrado D. Juan Rodríguez Zapatero.

Como demandada EL COLEGIO SUPERIOR DE LOS COLEGIOS DE ARQUITECTOS DE ESPAÑA, representado por el Procurador D. Miguel Ángel Sanz Rojo, bajo la dirección del Letrado D. Enrique Ximenez de Sandoval Riestra.

Como codemandado DON Marco Antonio , representado por la Procuradora Dª Carmen Guilarte Gutiérrez, bajo la dirección del Letrado D. Tomás Turrión García.

Ha sido ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. RAMON SASTRE LEGIDO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto y admitido a trámite el presente recurso, y recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda en la que, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se estime el presente recurso declarando la nulidad de la resolución recurrida declarando que las faltas sancionadas no estaban prescritas y confirmando por ello la resolución dictada del Tribunal Profesional del Colegio de Arquitectos de León, y la sanción señalada al citado colegiado, y con imposición de las costas del recurso a las partes que se opongan temerariamente al mismo.

SEGUNDO

En el escrito de contestación de la representación del Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España, en base a los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que desestime el recurso y confirme la resolución recurrida por ser conforme a derecho.

TERCERO

En el escrito de contestación de la representación de la parte codemandada, en base a los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se declare:

  1. - La inadmisibilidad del recurso por falta de legitimación del Colegio Oficial de Arquitectos de León para impugnar en Tía contencioso-administrativa la Resolución del Consejo General de los Colegios de Arquitectos de España por la que se revoca la Resolución del Tribunal Profesional del COAL de fecha 12 de octubre de 1998 que sancionaba al colegiado don Marco Antonio .

  2. - Con carácter subsidiario, la desestimación del recurso, por ser el acto recurrido ajustado a derecho.

  3. - Imponer las costas judiciales al Colegio Oficial de Arquitectos de León.

CUARTO

El procedimiento se recibió a prueba practicándose con el resultado que consta en autos.

QUINTO

Presentados por todas las partes escritos de conclusiones, se señaló para votación y fallo el día 22 de los corrientes.

SEXTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso contencioso-administrativo por la representación procesal del Colegio Oficial de Arquitectos de León el Acuerdo del Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España, adoptado en...

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