STSJ Comunidad Valenciana , 29 de Diciembre de 2004

PonenteVICTOR JOSE BARRACHINA JUAN
ECLIES:TSJCV:2004:7381
Número de Recurso3168/2004
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución29 de Diciembre de 2004
EmisorSala de lo Social

Rec. contra ST nº3168/04 Recurso contra Sentencia núm. 3168/2004 Ilmo. Sr. D. José María Ordeig Fos Presidente Ilmo. Sr. D. Victor José Barrachina Juan Ilma. Sra. Dª. Gema Palomar Chalver En Valencia, a veintinueve de diciembre de dos mil cuatro.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 3942/2004 En el Recurso de Suplicación núm. 3168/2004, interpuesto contra la sentencia de fecha 26 de mayo de 2.004, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 10 de Valencia, en los autos núm. 1092/2003 , seguidos sobre INCAPACIDAD TEMPORAL, a instancia de D. Aurelio , representado por el graduado social D. José

Ramón Bolta Cano contra MUVALE asistido por el letrado D. José Mª Albors Camps, TGSS, y en los que es recurrente el demandante, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo. Sr. D. Victor José Barrachina Juan.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 26 de mayo de 2.004 , dice en su parte dispositiva:

"

FALLO

"Que desestimando la demanda presentada por Aurelio frente a MUTUA MUVALE Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, debo absolver y absuelvo a la demandada de las pretensiones en su contra formuladas".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"1.- El actor, Aurelio , nacido el 27-1-48, con DNI nº NUM000 , se encuentra afiliado al R.E. de Trabajadores Autónomos de la S.S., por su actividad de construcción. 2.- El actor inició proceso de Incapacidad Temporal por enfermedad común, el 18-12-02, con diagnóstico de "gonalgia derecha", sin que hasta la fecha conste parte de alta. El actor percibió el subsidio de I.T. a través de la Mutua MUVALE, hasta el 11-1-03 conforme a una base reguladora diaria de 24´69 . 3.- Mediante escrito de 28-2-03 la Mutua Muvale comunicó al actor la denegación de la prestación, por "Haber compatibilizado el trabajo y la situación de Incapacidad Temporal (artículo 132. 1.b) Ley General de la Seguridad Social y artículo 11.1 d) o de 13-10-67 . En fecha 27-3-03 el actor remitió escrito a la Mutua solicitando las pruebas en que basan para denegarle la prestación. Mediante escrito de 7-4-03 la Mutua desestimó la Reclamación Previa del actor. En fecha 24-9-03 el actor presentó escrito a la Mutua solicitando el abono de la prestación de I.T. indebidamente suprimida, desde el 12-1-03.

En fecha 19-11-03 se presentó la demanda ante la RUE de Decanato de los Juzgados. 4.- Por encargo de la Mutua, el actor fue objeto de una investigación por agencia de detectives privados los días 6 y 17 de Febrero-02. De la misma resulta que el segundo de los días citados, sobre las 10´55 h. el actor llego conduciendo un pequeño camión, a un edificio en construcción en Miramar, sacando del vehículo un capazo con herramientas, y acompañó...

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