STSJ Comunidad Valenciana , 16 de Marzo de 2004

PonenteMARIA DESAMPARADOS IRUELA JIMENEZ
ECLIES:TSJCV:2004:1312
Número de Recurso1779/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución16 de Marzo de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA En la Ciudad de Valencia, a dieciséis de marzo de dos mil cuatro.

VISTO por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Srs. D. EDILBERTO JOSÉ NARBON LAINEZ, Presidente, D. MANUEL JOSE DOMINGO ZABALLOS y Dña. DESAMPARADOS IRUELA JIMÉNEZ, Magistrados, ha pronunciado la siguiente:

SENTENCIA NUM: 443/2004 En el recurso contencioso administrativo núm. 1779/2001, interpuesto por D. Jesús Ángel , representado por el Procurador D. Juan Francisco Fernández Reina, frente a:

el Acuerdo del Pleno de la Diputación Provincial de Alicante de 14 de diciembre de 2000, por el que se aprobó el expediente de expropiación forzosa para la ejecución de las obras "Mejora de trazado de la carretera CV-774 Busot-Jijona, P.K. 0+000 al 3+100".

el Acuerdo del Pleno de la Diputación Provincial de Alicante de 10 de mayo de 2001, por el que se desestimaron las alegaciones formuladas por aquél contra el Acuerdo del Pleno de 14 de diciembre de 2000.

el Acuerdo del Pleno de la Diputación Provincial de Alicante de 10 de julio de 2001, sobre resolución de alegaciones a la referida expropiación forzosa, y aprobación definitiva de la relación de propietarios afectados.

el Acuerdo del Pleno de la Diputación Provincial de Alicante de 2 de agosto de 2001, desestimatorio del recurso de reposición formulado por D. Jesús Ángel contra los anteriores Acuerdos Plenarios.

Ha sido parte en autos como Administración demandada la DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALICANTE, representada por Letrado de sus Servicios Jurídicos; siendo Magistrada ponente la Ilma. Sra. Dña. DESAMPARADOS IRUELA JIMÉNEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito solicitando se dictase sentencia declarando no ser conformes a derecho los actos recurridos, y los que de los mismos trajeran su causa, con expresa imposición de las costas causadas a la Administración demandada.

SEGUNDO

La Administración demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que solicitó se dictara sentencia desestimando íntegramente las pretensiones de la actora.

TERCERO

Transcurrido el periodo probatorio, y acordado el trámite de conclusiones, se declaró el pleito concluso, quedando los autos pendientes para votación y fallo.

CUARTO

Se señaló la votación para el día tres de diciembre de dos mil tres.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Han de ser tenidos en cuenta, a efectos de la resolución del presente recurso, los siguientes hechos que se desprenden del examen del expediente administrativo:

En fecha 9 de marzo de 2000 el Presidente de la Diputación Provincial de Alicante dictó Decreto núm.

851 disponiendo: Primero.- Aprobar inicialmente el Proyecto técnico de "Mejora de trazado de la carretera CV-774 Busot-Jijona, P.K. 0+000 al 3+100", así como el Estudio de Impacto Ambiental integrante de dicho Proyecto. Segundo.- Someter el Proyecto señalado y el Estudio de Impacto Ambiental a información pública para alegaciones por plazo de treinta días hábiles.

En fecha 31 de mayo de 2000 la Directora General de Planificación y Gestión del Medio de la Conselleria de Medio Ambiente dictó Declaración de Impacto Ambiental del citado Proyecto técnico de "Mejora de trazado de la carretera CV-774 Busot-Jijona, P.K. 0+000 al 3+100".

En fecha 21 de julio de 2000 el Presidente de la Diputación Provincial de Alicante dictó Decreto núm.

3368 disponiendo: Primero.- Aprobar definitivamente el Proyecto técnico de "Mejora de trazado de la carretera CV-774 Busot-Jijona, P.K. 0+000 al 3+100", así como los Pliegos de Condiciones integrantes del mismo. Segundo.- La aprobación del Estudio de Impacto Ambiental de las referidas obras, que acompaña al proyecto, estimado favorable por la Conselleria de Medio Ambiente.

En fecha 14 de diciembre de 2000 el Pleno de la Diputación Provincial de Alicante dictó Acuerdo por el que se dispuso: Primero.- Ratificar la aprobación definitiva por Decreto núm. 3368 del Presidente de la Diputación, de 21 de julio de 2000 , del Proyecto "Mejora de trazado de la carretera CV-774 Busot-Jijona, P.K. 0+000 al 3+100" Proyecto técnico de "Mejora de trazado de la carretera CV-774 Busot-Jijona, P.K. 0+000 al 3+100", así como el Estudio de Impacto Ambiental de las mencionadas obras. Segundo.- Aprobar el expediente de expropiación forzosa para la ocupación de los terrenos, bienes y derechos necesarios para la realización de las obras de que se trata. Tercero.- Declarar la utilidad pública y necesidad de ocupación de los bienes y derechos necesarios por el procedimiento excepcional de urgencia. Cuarto.- Aprobar la relación concreta e individualizada de los bienes, derechos y propietarios afectados, y exposición al público para reclamaciones por plazo legal. Quinto.- Solicitar del Consell de la Generalidad Valenciana (Conselleria de Justicia y Administración Pública), la Declaración de Urgencia en la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación.

D. Jesús Ángel presentó escrito de alegaciones, solicitando la modificación del trazado propuesto para la carretera CV-774 apenas unos diez metros de la ubicación fijada en el proyecto, a fin de evitar la eliminación de la única zona de huerta de la localidad de Busot, con el impacto ambiental que ello supone.

En fecha 10 de mayo de 2001 el Pleno de la Diputación Provincial de Alicante dictó Acuerdo por el que se dispuso: Primero.- Resolver las alegaciones presentadas a la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados por las obras indicadas. Segundo.- Aprobar definitivamente la relación de propietarios, bienes y derechos de necesaria ocupación por las obras del proyecto "Mejora de trazado de la carretera CV-774 Busot-Jijona, P.K. 0+000 al 3+ 100".

Contra el precitado Acuerdo interpuso D. Jesús Ángel recurso de reposición, solicitando se dejase sin efecto y se estimasen las alegaciones que formuló en su día.

En fecha 26 de julio de 2001 el Gobierno Valenciano dictó Acuerdo declarando la urgente ocupación de los bienes y derechos sujetos al expediente de expropiación forzosa instruido por la Diputación Provincial de Alicante para la ejecución del proyecto de "Mejora de trazado de la carretera CV-774 Busot-Jijona, P.K. 0+000 al 3+100".

En fecha 2 de agosto de 2001 el Pleno de la Diputación Provincial de Alicante dictó Acuerdo por el que desestimó el referido recurso de reposición.

SEGUNDO

Alega el actor que el proceso expropiatorio se siguió por el trámite de urgencia, siendo que debió seguirse por el procedimiento ordinario, por no existir ninguna razón que avale y justifique el procedimiento urgente.

En la memoria justificativa de la actuación expropiatoria por el trámite de urgencia que obra a los folios 22 y siguientes se justifica la declaración de urgente ocupación por tener que realizarse con celeridad la obra de mejora del trazado de la carretera CV-774 Busot-Jijona, P.K. 0+000 al 3+100, ya que se trata de una mejora de la seguridad vial de dicha carretera, que constituye básicamente la vía de comunicación entre ambas poblaciones, así como de acceso a la carretera turística que lleva a las Cuevas de Canalobre, con intenso tráfico de autocares -fundamentación después reproducida por el Gobierno Valenciano en el Acuerdo de 26 de julio de 2001 que declaró la urgente ocupación de los bienes y derechos sujetos al expediente de expropiación forzosa instruido por la Diputación Provincial de Alicante para la ejecución del proyecto de "Mejora de trazado de la carretera CV-774 Busot-Jijona, P.K. 0+000 al 3+100"-.

Posteriormente, en fecha 14 de diciembre de 2000...

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