STSJ Castilla-La Mancha , 7 de Enero de 2004

PonenteVICENTE MANUEL ROUCO RODRIGUEZ
ECLIES:TSJCLM:2004:35
Número de Recurso337/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 7 de Enero de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA T.S.J.CAST.LA MANCHA CON/AD SEC.2 ALBACETE SENTENCIA: 00011/2004 Recurso núm. 337 de 2000 Ciudad Real S E N T E N C I A Nº. 11 SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. SECCIÓN 2ª.

Iltmos. Sres.:

Presidente:

Don Vicente Rouco Rodríguez Magistrados:

Doña Raquel Iranzo Prades Don Jaime Lozano Ibáñez En Albacete a siete de Enero de dos mil cuatro.

Vistos por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, los presentes autos nº. 337 de 2000 del recurso contencioso administrativo seguido a instancia de D. Cristobal representado por el Procurador Don Abelardo López Ruiz y defendido por la Letrado Dª

Georgina Cupido Galiana. Contra el JURADO PROVINCIAL DE EXPROPIACION FORZOSA representado y defendido por el Abogado del Estado. Siendo parte Codemandada la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, representada y defendida por el Letrado de dicha Comunidad Autónoma . Sobre decisión ejecutoria de justiprecio con motivo de la ejecución de las obras del Proyecto de construcción de Estaciones Depuradoras de Aguas Residuales en Feranancaballero, Torralva de Calatrava y Carrión de Calatrava; siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. Vicente Rouco Rodríguez; y

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por la parte actora se interpuso ante la Sala en 4 de abril de 2000 recurso contencioso administrativo contra Acuerdo de fecha 20 de enero de 2000 desestimatorio de recurso de reposición interpuesto frente a Acuerdo de 4 de octubre de 1999 adoptado por el Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Ciudad Real por el que se fija el justiprecio de la finca nº NUM000 del Proyecto término municipal de Carrión de Calatrava expropiada por la Junta de Comunidades de Castilla - La Mancha, Consejería de Obras Públicas, con motivo de la obra del Proyecto de construcción de Estaciones Depuradoras de Aguas Residuales en Feranancaballero, Torralva de Calatrava y Carrión de Calatrava clave HD-CR-98-339, estableciendo dicho justiprecio en la cantidad de 1.005.000 pesetas, incluido el 5% de afección, más intereses legales correspondientes.

Segundo

En demanda, tras exponer los hechos y fundamentos de Derecho que consideró aplicables, terminó suplicando Sentencia por la que se declare nula por contraria a Derecho la Resolución del Jurado objeto de este proceso, estableciendo como justiprecio la cantidad de 4.994.529 ptas más intereses legales, condenando a la Administración a estar y pasar por dicha declaración con imposición de costas.

Tercero

El Abogado del Estado se opuso al recurso suplicando sentencia por la que se acuerde su desestimación, declarando la conformidad a derecho de los actos impugnados.

Cuarto

La representación de la Junta de Comunidades de Castilla - La Mancha demandada dedujo igual pretensión.

Quinto

Recibido el proceso a prueba con el resultado que consta en autos, y...

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