STSJ Cataluña , 10 de Diciembre de 2004

PonenteMARIA PILAR GALINDO MORELL
ECLIES:TSJCAT:2004:14187
Número de Recurso1998/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución10 de Diciembre de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA RECURSO MATERIA PERSONAL Nº 1998/1999 Partes: Imanol C/ D.G.P. S E N T E N C I A Nº1290 Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE D. EMILIO ARAGONÉS BELTRÁN MAGISTRADOS D.ª PILAR GALINDO MORELL D. JOSÉ LUIS GÓMEZ RUIZ En la ciudad de Barcelona, a diez de diciembre de dos mil cuatro .

VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN PRIMERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo nº

1998/1999, interpuesto por Imanol , representado por si mismo , contra D.G.P. , representado por el Abogado del Estado.

Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. PILAR GALINDO MORELL , quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el recurrente actuando en nombre y representación de si mismo, se interpuso recurso contencioso administrativo contra resolución 16.07.99 desestimando la reclamación formulada por el actora, en solicitud de reconocimiento y abono del complemento especifico singular.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dió el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

.Continuando el proceso su curso por los tramites que aparecen en autos., se señaló dia y hora para la votación y fallo, diligencia que tuvo lugar en la fecha fijada.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se somete a revisión jurisdiccional en el presente recurso contencioso administrativo la conformidad a Derecho de la Resolución de la Dirección General de la Policía de fecha 16 de Julio de 1999, desestimatoria de la solicitud del recurrente de abono del complemento específico singular correspondiente al puesto de trabajo de Jefe de Grupo Operativo en la Segunda Unidad de Intervención Policial desde el mes de julio del año 1997.

SEGUNDO

El objeto del presente recurso, tal y como se desprende de la solicitud formulada en vía administrativa y de la resolución administrativa impugnada, es la petición por parte del recurrente- funcionario de la Escala de Subinspección del Cuerpo Nacional de Policía- del abono del complemento específico...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STSJ Cataluña 10620, 6 de Octubre de 2005
    • España
    • 6 Octubre 2005
    ...a todo matiz subjetivo derivado de la persona titular del puesto que lo desempeña, y esta Sala ha declarado en numerosas ocasiones (STSJ Catalunya 10-12-2004) que lo que determina la percepción del complemento específico de un puesto de trabajo es el desempeño efectivo de dicho puesto, no e......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR