STSJ Cataluña , 21 de Junio de 2004
Ponente | JOAQUIN JOSE ORTIZ BLASCO |
ECLI | ES:TSJCAT:2004:7757 |
Número de Recurso | 1475/2002 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 21 de Junio de 2004 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUNYA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION QUINTA Recurso nº 1475/2002 SENTENCIA Nº 853/2004 En la ciudad de Barcelona, a veintiuno de junio de dos mil cuatro.
DON JOAQUÍN JOSÉ ORTIZ BLASCO, MAGISTRADO DE LA SALA DE LO CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCION QUINTA), ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso contencioso-administrativo número 1475/2002, interpuesto por DON Jose Augusto , representado por el Procurador DON JOSEP CORTAL PEDRA y dirigido por el Letrado DON ANTONIO BADIA JUNQUERA, contra la ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO, representada y dirigida por el sr./a ABOGADO/A DEL ESTADO.
Por la representación de la actora se interpuso recurso contencioso-administrativo contra la resolución del Subdelegado del Gobierno en Barcelona, de 9 de agosto de 2002.
Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto en la Ley reguladora de esta Jurisdicción. La actora dedujo demanda en la que tras relacionar los hechos y fundamentos de derecho que estimaba aplicables, terminaba suplicando que se dictara sentencia revocando la resolución recurrida por no ajustarse a Derecho.
La Administración demandada, en su escrito de contestación a la demanda, solicitó la desestimación del recurso.
Se prosiguió el trámite correspondiente, señalándose para votación y fallo el 21 de junio de 2004.
En la sustanciación de este de este pleito se han observado las prescripciones legales. Se significa que esta sentencia se dicta por un solo Magistrado, al amparo de lo previsto en la Disposición Transitoria Única de la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio , y del Acuerdo del Pleno de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, de 30 de abril de 1999.
En el presente proceso se impugna la resolución del Subdelegado del Gobierno en Barcelona, de 9 de agosto de 2002, que acuerda la expulsión del territorio nacional del ciudadano rumano, Jose Augusto , prohibiéndole la entrada en España por un periodo de siete años, a contar desde la fecha en que se lleve a efecto la expulsión. La prohibición de entrada se extiende a Francia, Alemania, Bélgica,...
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