STSJ Cataluña , 15 de Marzo de 2004

PonenteMARIA ANGELES VIVAS LARRUY
ECLIES:TSJCAT:2004:3461
Número de Recurso928/2001
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución15 de Marzo de 2004
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA CATALUNYA SALA SOCIAL AD ILMO. SR. EMILIO DE COSSIO BLANCO ILMA. SRA. ÁNGELES VIVAS LARRUY ILMA. SRA. NATIVIDAD BRACERAS PEÑA En Barcelona a 15 de marzo de 2004 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as.

Sres/as. citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A núm. 2170/2004 En el recurso de suplicación interpuesto por Eloy frente a la Sentencia del Juzgado Social 15 Barcelona de fecha 4 de septiembre de 2002 dictada en el procedimiento Demandas nº 928/2001 y siendo recurridos MUTUA UNIVERSAL (MUGENAT), Mediterránea del Maresme, Inss y TGSS. Ha actuado como Ponente el Ilma. Sra. ÁNGELES VIVAS LARRUY.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 7 de enero de 2002 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Invalidez grado, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 4 de septiembre de 2002 que contenía el siguiente Fallo:

"Desestimando las pretensiones de la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por Don Eloy frente a Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Mediterránea del Maresme, S.L. y Mutua Mugenat, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social sobre Incapacidad Permanente en grado de parcial, derivada de accidente de trabajo, debo absolver y absuelvo a las demandadas de las pretensiones deducidas en su contra."

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

"1.- Don Eloy , mayor de edad, con DNI NUM000 , se encuentra afiliado a la Seguridad Social y en situación de alta en su Régimen General.

  1. - El actor sufrió un accidente de trabajo en fecha de 15/6/2000, mientras prestaba servicios por cuenta de la empresa Mediterrànea del Maresme, S.L., con el resultado de pérdida de la segunda falange del dedo pulgar derecho. A resultas del referido accidente el actor inició un proceso de incapacidad temporal, siendo dado de alta médica en fecha de 3/9/2000.

  2. - Al tiempo del accidente de trabajo el actor era oficial 1ª encofrador en el sector de la construcción.

  3. - La empresa demandada tenía concertada la cobertura del riesgo de accidente de trabajo con la Mutua Mugenat cuando sobrevino el accidente que sufrió el demandante, encontrándose entonces al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones.

  4. - La Mutua demandada presentó escrito de iniciación de actuaciones ante el INSS en fecha de 12/9/2001, lo que fue notificado a todos los interesados. Tramitado el pertinente expediente administrativo, el actor fue reconocido por la UVAMI, que en fecha de 23/5/2001...

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