ATSJ Comunidad de Madrid , 6 de Abril de 2004

PonenteALFREDO ROLDAN HERRERO
ECLIES:TSJMAD:2004:536A
Número de Recurso1471/2004
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 6 de Abril de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.1 MADRID AUTO: 00432/2004 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección : 001 MADRID 00410 C/GENERAL CASTAÑOS, Nº1, PLANTA SEGUNDA Número de Identificación Único: 28079 3 0002592 /2004 PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0001471 /2004 De D/ña. Carlos Jesús Representante: ABOGADO D/Dña. MARIA TERESA MARAÑON MAROTO CALLE GRAN VIA nº

0055 8ºC - MADRID 28013 Contra: DELEGACION DEL GOBIERNO Notificar: SR. FISCAL AUTO Nº

ILMO. SR.PRESIDENTE:

ALFREDO ROLDÁN HERRERO.

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

FRANCISCA ROSAS CARRIÓN.

FRANCISCO JAVIER SANCHO CUESTA En MADRID, a seis de Abril de dos mil cuatro

HECHOS ÚNICO.- Interpuesto el presente recurso contencioso-administrativo por D/ña. Carlos Jesús contra resolución de la DELEGACION DEL GOBIERNO EN MADRID, se confirió traslado a la parte actora y al Ministerio Fiscal para que formularan alegaciones sobre la posible incompetencia de esta Sala para conocer del recurso; con el resultado que obra en Autos.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS

ÚNICO.- Vista la fecha de interposición del Recurso, posterior a la entrada en vigor (15-01- 2004) de la reforma operada en la LJCA por la Disposición Adicional Decimocuarta de la L.O. 19/2003 de 23 de diciembre, en aplicación de lo dispuesto en el art. 8.4 LJCA, en su actual redacción, la competencia para el conocimiento del Recurso corresponde a los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo ya que con arreglo al precitado artículo "conocerán, igualmente de todas las resoluciones que se dicten en materia de extranjería por la Administración Periférica del Estado".

Vistos los artículos citados y demás de general y pertinente aplicación, siendo Ponente el Ilmo. Sr. ALFREDO ROLDÁN HERRERO.

LA SALA ACUERDA:

Declararse incompetente para el conocimiento del presente recurso.

Una vez firme esta resolución emplácese a las partes para que, en el plazo de treinta días, puedan comparecer ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, remitiéndose todo lo actuado a los indicados Juzgados.

Notifíquese el presente Auto a las partes y al Ministerio Fiscal, a las que se hace saber que contra el cabe recurso de súplica en el plazo de 5 días ante esta misma Sección.

Lo acuerdan, mandan y firman los Ilmos. Sres. anotados al margen. Doy fe.

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