STSJ Aragón , 2 de Noviembre de 2004

PonenteCARLOS BERMUDEZ RODRIGUEZ
ECLIES:TSJAR:2004:2791
Número de Recurso877/2004
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 2 de Noviembre de 2004
EmisorSala de lo Social

Rollo número 877/2004 Sentencia número 1249/2004 A. MAGISTRADOS ILMOS. SRES:

D. JUAN PIQUERAS GAYÓ

D. CARLOS BERMÚDEZ RODRÍGUEZ D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO En Zaragoza, a dos de noviembre de dos mil cuatro.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, compuesta por los Sres. indicados al margen y presidida por el primero de ellos, pronuncia en nombre del REY esta SENTENCIA En el recurso de suplicación núm. 877 de 2004 (autos núm. 88/2004), interpuesto por la parte demandante D. Antonio , siendo demandados el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, la MUTUA DE ACCIDENTES DE ZARAGOZA, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 11, y la empresa POMAR INSTALACIONES COMERCIALES, S.L., contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 5 de Zaragoza, de fecha 24 de mayo de 2004 , sobre Incapacidad Temporal: determinación contingencia. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. CARLOS BERMÚDEZ RODRÍGUEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por D. Antonio , contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Mutua de Accidentes de Zaragoza, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 11, y la empresa Pomar Instalaciones Comerciales, S.L., sobre Incapacidad Temporal: determinación de contingencia, y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de lo Social número 5 de Zaragoza, de fecha 24 de mayo de 2004 , siendo el fallo del tenor literal siguiente:

"Desestimar la demanda interpuesta por Antonio y absolver a los demandados INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, MUTUA DE ACCIDENTES DE ZARAGOZA y POMAR INSTALACIONES COMERCIALES, S.L. de las pretensión que aquella contiene.".

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del siguiente tenor literal:

"1.- El demandante Antonio , nacido el 02/07/1957, afiliado al Régimen General de la Seguridad

Social, presta servicios desde el 01/08/2002 para la empresa POMAR INSTALACIONES COMERCIALES, S.L., dedicada a la actividad de realización de instalaciones comerciales, que tiene cubierto el riesgo de accidente de trabajo con la MUTUA DE ACCIDENTES DE ZARAGOZA, desarrollando la actividad de montaje de piezas de madera.

  1. - La actividad profesional del demandante se ha desarrollado, con inicio en enero de 1973, en las diversas empresas que constan en el informe de vida laboral aportado a los autos (folio 156) cuyo contenido se da aquí por reproducido, entre las cuales ha prestado servicios para la empresa Carlos Antonio , desde el 10/02/1993 hasta el 12/08/1995, como Montador de Muebles; para Montadecor, S.L., dada de alta en la actividad económica de carpintería metálica, desde el 03/06/1996 hasta el 31/08/1997,como Ebanista; para Euromontajes Malpica, S.L., en alta en la actividad económica de carpinteríametálica, desde el 03/02/1999 hasta el 31/12/01, como Oficial 2ª para realizar el montaje de instalación de tiendas de cadenas comerciales; y para Pomar Proyectos, S.L., en alta en la actividad económica de otras actividades, desde el 01/01/2002 hasta el 31/07/2002.

  2. - En junio de 2002 se le diagnosticó un carcinoma epidermoide de fosa nasal derecha, presentando recidiva en septiembre de 2002 por lo...

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