STSJ Aragón , 11 de Octubre de 2004

PonenteCARLOS BERMUDEZ RODRIGUEZ
ECLIES:TSJAR:2004:2607
Número de Recurso792/2004
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución11 de Octubre de 2004
EmisorSala de lo Social

Rollo número 792/2004 Sentencia número 1184/2004 P. MAGISTRADOS ILMOS. SRES:

D. JUAN PIQUERAS GAYÓ

D. CARLOS BERMÚDEZ RODRÍGUEZ D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO En Zaragoza, a once de octubre de dos mil cuatro.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, compuesta por los Sres. indicados al margen y presidida por el primero de ellos, pronuncia en nombre del REY esta SENTENCIA En el recurso de suplicación núm. 792 de 2.004 (autos núm. 951/2.003), interpuesto por la parte demandante D. Luis Enrique , siendo demandado el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 5 de Zaragoza, de fecha 6 de mayo de 2.004 , sobre incapacidad permanente total. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. CARLOS BERMÚDEZ RODRÍGUEZ .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por D. Luis Enrique contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, sobre incapacidad permanente total, y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de lo Social número 5 de Zaragoza, de fecha 6 de mayo de 2.004 , siendo el fallo del tenor literal siguiente:

"Desestimo la demanda interpuesta por Luis Enrique y absuelvo al demandado INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL de la pretensión que aquella contiene".

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del siguiente tenor literal:

"1.- E1 demandante Luis Enrique , nacido el 17/12/1958 y con una vida laboral activa superior a 25 años, se halla afiliado al Régimen General de la Seguridad Social, siendo su profesión habitual la de Jefe de Ventas de empresa de distribución de vinos y licores.

Está en desempleo desde julio de 1998, habiendo permanecido inscrito en la oficina de empleo del 13/07/1998 al 12/07/2001, del 19/11/2001 al 22/09/2003 y desde 07/10/2003, considerándose por el Instituto Aragonés de Empleo su inscripción ininterrumpida desde e1 13/07/1998 por haberse justificado las faltas de renovación.

  1. - Por sentencia del Juzgado de lo Social n° 3 de ésta ciudad de fecha 25 de marzo de 2002 , en la que se declaró probado que el demandante padecía "gota aguda que cursa con brotes incontrolados con afectación renal (cólicos de repetición e hipertensión arterial), articular con artropatía múltiple y ocular en agudeza visual por degeneración macular (OD:0,4 deformados y OI:0,7)", se desestimó la pretensión del demandante de ser declarado en situación de Incapacidad Permanente Total.

    Contra la referida sentencia el demandante interpuso recurso de suplicación que fue desestimado por sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, Sala de lo Social, de fecha 28 de noviembre de 2002 la cual obra en los autos, folios 58 y siguientes, dándose su contenido aquí por reproducido.

  2. - A solicitud del demandante presentada e1 16/10/2003 se inició por el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL expediente en materia de Incapacidad Permanente en el se emitió dictamen propuesta por el Equipo de Valoración de Incapacidades el 05/11/2003 que fue ratificado por resolución de fecha 10/11/2003 denegando la prestación de incapacidad por entender que las lesiones que se objetivaban y la sintomatologia subjetiva referida no alcanzaban el grado de menoscabo suficiente para ser constitutivas de incapacidad permanente en los grados de absoluta para todo trabajo o gran invalidez,...

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