STSJ La Rioja 368/2009, 18 de Noviembre de 2009
Ponente | JESUS MIGUEL ESCANILLA PALLAS |
ECLI | ES:TSJLR:2009:798 |
Número de Recurso | 411/2008 |
Procedimiento | PROCEDIMIENTO ORDINARIO |
Número de Resolución | 368/2009 |
Fecha de Resolución | 18 de Noviembre de 2009 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.LA RIOJA SALA CON/ADLOGROÑOENTENCIA: 00368/2009
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA RIOJA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Rec. nº: 411/2008
Ilustrísimos señores:
Presidente:
Don José Félix Méndez Canseco
Magistrados:
Don Jesús Miguel Escanilla Pallás
Don Luis Loma Osorio Faurie
SENTENCIA Nº 368/2009
En la ciudad de Logroño a 18 de noviembre de 2009.
Vistos los autos correspondientes al recurso contencioso-administrativo sustanciado en esta Sala y tramitado conforme a las reglas del procedimiento ordinario, sobre ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, a instancia de PROMOCIONES ARRIRUIZ SL., representada por el Procurador Don José Toledo Sobrón, siendo demandado el TRIBUNAL ECONÓMICO-ADMINISTRATIVO REGIONAL DE LA RIOJA, representado y defendido, a su vez, por el Señor Abogado del Estado.
Mediante escrito presentado se interpuso ante esta Sala recurso contencioso-administrativo contra la resolución del TEAR de fecha 30 de septiembre de 2008 .
Que previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó su demanda en la que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando sentencia estimatoria del recurso interpuesto y las declaraciones correspondientes en relación con la actuación administrativa impugnada.
Que asimismo se confirió traslado a la Administración demandada para contestación a la demanda, lo que se verificó, en la que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, la parte terminó suplicando el mantenimiento de la actuación administrativa recurrida.
Continuando el recurso por sus trámites, se señaló, para votación y fallo del asunto, el día 17 de noviembre de 2009, en que se reunió, al efecto, la Sala.
En la sustanciación del procedimiento se han observado las prescripciones legales.
VISTOS.- Siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Señor Don Jesús Miguel Escanilla Pallás.
Es objeto de impugnación en el presente procedimiento la resolución la resolución del TEAR de 30 de septiembre de 2008 que desestima la reclamación económico-administrativa interpuesta contra acuerdo de liquidación dictado el 3/3/2008 por el Inspector Regional de la Agencia Estatal Tributaria, como consecuencia de acta de disconformidad A02-71387243 de 28/12/07 por el Impuesto de Sociedades correspondiente a 2005 y 2006, de la que resulta una deuda tributaria a ingresar de 86.360,77 #(cuota de
82.506,92 #e intereses de demora de 3.853,85 #).
La parte demandante solicita que se dicte sentencia por la que se declare la anulación de la resolución del TEAR y se dicte otra por la que se archive el expediente 26/00347/2008.
Es necesario enumerar con carácter previo al análisis de los motivos de impugnación planteados por el recurrente los siguientes antecedentes para una mejor comprensión de las cuestiones debatidas:
La regularización practicada a la Sociedad demandante fue la siguiente:
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En el ejercicio 2005 se incremento la base imponible por importe total de 60.000 #, justificado en
30.000 # con causa en factura emitida el 12/12/05 por Fodersa 2000 S.L. por el concepto "gestión compra de las parcelas sitas en Ezcaray, y 30.000 # con causa en factura de diciembre de 2005 sin especificar el día emitida por D. Carlos Manuel, por el concepto de "asesoramiento".
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En el ejercicio 2006 se incrementó la base imponible por importe total de 198.000 #, justificado en
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factura de 78.000 # emitida el 16/05/06 por Josson 2000 S.L. por el concepto "honorarios por gestión y venta del solar sito en la calle Luis Ortun de Villamediana de Iregua"; b) factura de 60.000 # y fecha 30/06/06 emitida por Fodersa 2000 S.L. por el concepto "gestión en la compra-venta del solar sito en Villamediana de Iregua", y c) factura de...
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STSJ Castilla y León 168/2012, 2 de Abril de 2012
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