STSJ Comunidad de Madrid 10414/2009, 17 de Diciembre de 2009

PonenteMARIA DEL MAR FERNANDEZ ROMO
ECLIES:TSJM:2009:18171
Número de Recurso1504/2007
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución10414/2009
Fecha de Resolución17 de Diciembre de 2009
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso núm. 1504/2007

Ponente Sra. María del Mar Fernández Romo

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

PROGRAMA DE ACTUACION POR OBJETIVOS EN APOYO A LA SECCIÓN SEXTA (E)

S E N T E N C I A núm. 10414

Ilmos. Sres.:

Presidente:

D. Francisco Gerardo Martínez Tristán

Magistrados:

D. Francisco Javier Sancho Cuesta

Dª. María del Mar Fernández Romo

En la Villa de Madrid, a diecisiete de Diciembre de dos mil nueve.

VISTO el recurso contencioso-administrativo número 1504/2007 seguido ante la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, promovido en su propio nombre y derecho por DON Justino, contra la resolución de la Jefatura de Enseñanza de la Dirección General de la Guardia Civil de fecha de 2 de Octubre de 2007 que desestima recurso de alzada frente a resolución de fecha de 9 de Julio de 2007 del Coronel Presidente del Tribunal de Selección de pruebas selectivas para ingreso en los centros docentes de formación para la incorporación a la Escala Facultativa Superior de la Guardia Civil desestimando la solicitud de revisión de la calificación otorgada por dicho Tribunal; siendo parte la Administración demandada, representada y defendida por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley de la Jurisdicción, se emplazó al demandante para que formalizara su escrito de demanda, lo que verificó mediante escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminaba suplicando se dicte Sentencia por la que, estimando el recurso, se declare nula la calificación de la prueba de conocimientos específicos que se ha realizado al recurrente y estimando sus pretensiones, se de nueva corrección al mismos, conforme los criterios mantenidos por dicha parte en su demanda, para que, caso de alcanzar la declaración de apto con la nueva valoración y previa la superación del resto de pruebas de la oposición, y posterior realización del curso en el Centro de Formación, se le nombre Teniente de la Escala Facultativa Superior de la Guardia Civil, especialidad Psicología, con la antigüedad y derechos económicos que le hubieren debido corresponder de haber ingresado, en su momento, en la convocatoria en la que opositaba, con los intereses que le correspondan.

SEGUNDO

El Abogado del Estado contestó a la demanda mediante escrito en el que suplicaba se dicte Sentencia por la que se desestime el presente recurso.

TERCERO

No habiéndose solicitado recibimiento probatorio por las partes, se confiere a las mismas para la presentación de sus escritos de conclusiones, obrantes en autos en las fechas de su razón, declarándose conclusas las actuaciones y señalándose tras ello para la votación y fallo del presente proceso la audiencia del día dieciséis de Diciembre de dos mil nueve, teniendo así lugar.

VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. María del Mar Fernández Romo, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurrente impugna en esta Sede la resolución de la Jefatura de Enseñanza de la Dirección General de la Guardia Civil de fecha de 2 de Octubre de 2007 que desestima recurso de alzada frente a resolución de fecha de 9 de Julio de 2007 del Coronel Presidente del Tribunal de Selección de pruebas selectivas para ingreso en los centros docentes de formación para la incorporación a la Escala Facultativa Superior de la Guardia Civil desestimando la solicitud de revisión de la calificación otorgada por dicho Tribunal.

SEGUNDO

Resulta que dicho actor, miembro del Cuerpo de la Guardia Civil, realiza las pruebas selectivas convocadas por Resolución 160/38046/2007, de 30 de Marzo, para ingreso en el Centro Docente de Formación para la incorporación a la Escala Facultativa Superior de la Guardia Civil, especialidad de Psicología, realizando las dos primeras pruebas, resultando no apto en el segundo ejercicio de las mismas, en concreto, en conocimientos específicos, al no haber alcanzado la puntuación mínima exigida de 35 puntos, lo que le impide continuar en el proceso selectivo. Ante aquello, solicito del Tribunal calificador la revisión de su examen de conocimientos específicos, facilitándosele copia del mismos, en el que constaban cuales eran las respuestas correctas, siendo que a su juicio se han incluido en el examen cuestiones no pertenecientes al temario oficial; a su juicio también, dicho temario se corresponde con los contenidos de la Guía del Curso Escolar 2002-2003, de la Facultad de Psicología de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, temario propuesto para dichas pruebas selectivas que se ha extraído o copia de aquella Guía, antecedente en el que el actor fundamenta su ulterior argumentación:

Las respuestas impugnadas no pertenecían a materia del temario propuesto, bien por que no se correspondían con las contenidas en los textos de dicho temario, bien porque eran preguntas con más de una posible respuesta correcta entre las cuatro que se proponían, sobre todo teniendo en cuenta la materia, disciplina de la Psicología, y de esta forma, tratándose de un examen tipo test, no es admisible que dentro del mismo se incluyan preguntas que ofrezcan múltiples respuestas. Por ello propugna la anulación de determinadas preguntas, tales como la número 11, 31, 36, 38, 40, 51 y 77; y en cuanto a la pregunta número 60, se incluye un concepto como es el de "ortopedia mental", que no pertenece el temario de la oposición.

TERCERO

Pues bien, recordar en la resolución de la presente litis, que las Bases del concurso constituyen la Ley del proceso selectivo vinculando tanto a la Administración como a los participantes en el proceso, y apoyándose además en la discrecionalidad técnica de los Tribunales de Selección al valorar los méritos de los participantes en los...

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