STSJ Castilla y León , 15 de Febrero de 2005

PonenteRAMON SASTRE LEGIDO
ECLIES:TSJCL:2005:779
Número de Recurso122/2003
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución15 de Febrero de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEON Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección : 001 VALLADOLID 65593 C/ ANGUSTIAS S/N Número de Identificación Único: 47186 3 0100579 /2005 Procedimiento:

RECURSO DE APELACION 0000122 /2003 Sobre URBANISMO De D/ña. Juan Pedro Representante: PROCURADOR ABELARDO MARTIN RUIZ Contra D/ña. AYUNTAMIENTO DE TORRECILLA DE LA TORRE Representante:

SENTENCIA nº 225 ILMOS. SRES. MAGISTRADOS DOÑA ANA MARIA MARTINEZ OLALLA DON JAVIER ORAA GONZALEZ DON RAMON SASTRE LEGIDO En Valladolid, a quince de febrero de dos mil cinco.

Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el presente recurso de apelación, interpuesto contra: La sentencia núm.3 de 20 de enero de 2.003 dictada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 2 de Valladolid. Son partes:

como apelante DON Juan Pedro , que ha comparecido ante el Juzgado representado por el Procurador D. Abelardo Martín Ruiz, bajo la dirección de Letrado.

Como apelada EL AYUNTAMIENTO DE TORRECILLA DE LA TORRE (VALLADOLID), que ha comparecido ante el Juzgado representado y defendido por el Letrado D. Agustín Bocos Muñoz.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 2 de Valladolid se dictó sentencia, en el recurso antes indicado, cuya parte dispositiva dice: SE DESESTIMA la pretensión deducida en el presente recurso contencioso-administrativo núm.: P.O. 105/02, interpuesto, por la representación de D. Juan Pedro , contra el Decreto de la Alcaldía del Ayuntamiento de Torrecilla de la Torre de 25 de abril de 2.002 reseñado al antecedente de hechos primero de esta sentencia, por estimarse éste conforme a derecho.

Todo ello, sin que proceda establecer una especial condena en costas.

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se ha interpuesto por la representación procesal de D. Juan Pedro recurso de apelación solicitando de este Tribunal el dictado de una sentencia en la que, estimando el recurso de apelación y la demanda interpuesta en su día, revoque la sentencia dictada en la primera instancia y declare la nulidad de la resolución recurrida y por tanto el Ayuntamiento demandado conceda las licencias de obras sin la condición de variar la concesión administrativa otorgada por la Confederación Hidrográfica del Duero, con expresa imposición de costas en ambas instancias al Ayuntamiento por su manifiesta mala fe y temeridad.

TERCERO

La representación procesal del Ayuntamiento de Torrecilla de la Torre presentó escrito de oposición al recurso de apelación interpuesto, solicitando de este Tribunal el dictado de una sentencia confirmando la del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 2 de Valladolid, con imposición de las costas causadas en la presente instancia.

CUARTO

Elevados los autos y el expediente administrativo a la Sala, se acordó la formación y registro del presente rollo de apelación, con designación de ponente.

Declarada conclusa la presente apelación se señaló para votación y fallo el día 10 de los corrientes.

Ha sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. RAMON SASTRE LEGIDO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso de apelación, interpuesto por la representación de D. Juan Pedro , la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 2 de Valladolid de 20 de enero de 2.003 , dictada en el P.O. núm.105/02, por la que se desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra el Decreto de la Alcaldía de Torrecilla de la Torre (Valladolid) de 25 de abril de 2.002, y se pretende por la parte apelante que se revoque dicha sentencia y, en su lugar, se declare la nulidad de la resolución impugnada y que el Ayuntamiento demandado ha de conceder las licencias de obras sin la condición de variar la concesión administrativa otorgada por la Confederación Hidrográfica del Duero.

Frente a ello, por la representación del Ayuntamiento de Torrecilla de la Torre se ha solicitado la desestimación del presente recurso.

SEGUNDO

Para la resolución del presente recurso de apelación ha de precisarse, en primer lugar, que con el Decreto de la Alcaldía...

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